Disposición Nº 689/GCABA/DGIUR/16
Firmantes | BugarÃn |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 20 de Mayo de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 28.861.004/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Oficina Comercial; Editorial sin depósito ni imprenta", para el
inmueble sito en la calle Piedras N° 1707 esquina Dr. E. Finochietto N° 728, Planta
Baja y 1° Piso, con una superficie a habilitar de 1150,30m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2c del Distrito APH 1"San Telmo -Av.
De Mayo", (Ampliación Parque Lezama) de Zonificación General del Código de
Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 y el
mismo se encuentra catalogado con Nivel de Protección General;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
7143043-DGIUR-2016, indica que respecto al uso solicitado "Oficina Comercial" está
expresamente consignado en el Cuadro de Usos N° 5.4.12.1: en el ítem: Servicios
Terciarios(A) Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes: "Servicios: Oficina
comercial, Oficina consultora" y para la Zona 2c del Distrito APH1, se encuentra
permitido y afectado por las Referencias: PA y 31, esto es PA: sólo en Planta Alta y
31: 1 módulo de guarda o estacionamiento cada 120m2 de la superficie total
construida;
Que respecto a la localización del uso: "Editorial s/depósito ni Imprenta" se encuentra
expresamente consignado en el Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento
Urbano, en el ítem: Servicios Terciarios (B) Servicios Ocasionales para vecinos,
empresas o industrias: "Editorial sin depósito ni imprenta" y se encuentra afectado por
la Referencia "C" para la Zona "c" del Distrito APH 1"San Telmo - Av. De Mayo",
debiendo tomar intervención el Consejo del Plan Urbano Ambiental;
Que de la observación de la totalidad de la documentación adjunta surge: a) Se trata
de dos parcelas contiguas sitas en la manzana circunscripta por las calles Piedras, Dr.
E. Finochietto; Tacuarí e Ituzaingó. Una de ellas, Parcela 01, de esquina (Piedras N°
1707 y Dr. E. Finochietto N° 708), y la otra, Parcela 02, sobre la calle Dr. E. Finochietto
N° 728. b) La superficie total que se pretende habilitar es de 1150,30m2. c) El inmueble
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