Disposición N° 688/DGCYC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición19 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 688/DGCYC/18
Buenos Aires, 5 de julio de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (texto consolidado según Ley N° 5666), la Disposición N°
570/DGCYC/18, el Expediente Electrónico Nº 14671424/MGEYA-DGCYC/2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada precedentemente establece los lineamientos básicos que deben
observarse en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios
del sector público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 12122218/MGEYA-DGCYC/14 tramitó bajo la
modalidad de Licitación Pública Nº 623-0704-LPU14, para el servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo de ascensores con destino a la Dirección
General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto;
Que en el marco del citado proceso resultó adjudicataria la empresa CETINE S.A.,
emitiéndose la Orden de Compra N° 623-3329-OC14, la que fue prorrogada por Orden
de Compra N° 623-15714-OC17;
Que el Organismo citado precedentemente solicitó mediante N° NO-2018-
04436579/DGOGPP, que originó el Expediente Electrónico N° 14671424/MGEYA-
DGCYC/18, la desafectación de los créditos pendientes de devengamiento para el
ejercicio 2017 atento la finalización del contrato antes indicado;
Que informa que el monto a desafectar es de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000,00) y
que la utilización de dicho crédito se encontraba supeditada a la existencia de
eventuales reparaciones o emergencias, que no se suscitaron;
Que el monto consignado en el considerando anterior corresponde al Renglón N° 2 de
la Orden de Compra N° 623-15714-OC17;
Que por Disposición N° 570/DGCYC/18 se rescindió parcialmente, al solo efecto de la
no aplicación de penalidades, el contrato citado en el considerando anterior;
Que habiéndose detectado un error material en dicha Disposición en lo que hace al
número de la Orden de Compra a rescindir, se procede a sanear el acto administrativo
conforme lo establecido en el Art. 19 de la Ley 1510/GCBA/97 que establece que: "El
acto administrativo puede ser saneado mediante Confirmación por el órgano que dictó
el acto subsanando el vicio que lo afecte".
Por ello, y de acuerdo a la Ley de Procedimientos Administrativos DNU N°
1510/GCBA/97 (texto consolidado por Ley N° 5666),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Artículo 1º.- Sanease el considerando sexto y el Artículo 1° de la Disposición N°
570/DGCYC/18 donde dice: "Orden de Compra N° 623-15714-OC17" debe decir:
"Orden de Compra N° 623-3329-OC14".
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el Publicador de
Penalidades y Sanciones del Sistema de Compras Públicas de la Ciudad de Buenos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5417 - 19/07/2018

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