Disposición N° 68/HQ/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición17 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 68/HQ/18
Buenos Aires, 14 de junio de 2018
VISTO:
Ley Nº 2.095,y modificatoria Ley 4764/13(B.O.C.B.A. Nº 4313); su Decreto
Reglamentario Nº 95/GCABA/14(B.O.C.B.A. Nº,4355) el Ex. N º2017-
11622700/HQ/17. Orden de Compra 428-8184-OC17.
CONSIDERANDO:
Que mediante EX. . N º2017-11622700/HQ/17 , se tramito el proceso de compra Nº
428-0765-LPU17, por DISFC-2017-31-HQ del 30/06/2017 se autorizó la adquisición de
Insumos de Insumos para Alimentación Enteral para la División Alimentación de este
Hospital, adjudicándose a la Firma NUTRICIA-BAGO S.A.(Renglones 1 y 12)
perfeccionándose el contrato mediante la O.C.Nº 428-8184-OC17, en fecha
11/07/2017, estableciéndose como plazos de entrega a de partir del
perfeccionamiento, para el renglón 1 de tres días hábiles (1º entrega) venciendo el
14/07/2017, de 120 días corridos (2ºentrga) venciendo el 08/11/2017, de 240 días
corridos (3º entrega) venciendo el 08/03/2018 y de 300 días corridos (4º entrega)
venciendo el 07/05/2018; para el renglón 12 , de tres días hábiles (1º entrega)
venciendo el 17/07/2017, de 240 días corridos (2ºentrga) venciendo el 08/03/2018.
Que la firma antes mencionada procedió a efectivizar parcialmente las entregas de
dichos renglones en fecha 17/05/2018, según Remitos Nº 0123-00042260, es decir,
vencidos los plazos establecidos a tal efecto;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9°, 121°, 123° y 127º
de la ley N° 2095 y modificatoria Ley 4764/13 (B.O.C.B.A. Nº 4313); su Decreto
Reglamentario Nº 95/G.C.A.B.A./14-(B.O.C.B.A. Nº 4355)
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DR. ARTURO UMBERTO ILLIA
DISPONE:
Art. 1°.- Impónese a la firma: NUTRICIA-BAGO S.A, CUIT Nº 30-70701343-1
adjudicataria de la Orden de Compra N°428-8184-OC17 domiciliada en: Moreno 877,
Piso 5º, C.P 1091, C.A.B.A, de acuerdo con lo previsto en el Art. 9º, 121°, 123° y 127º
de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las
penalidades que a continuación se detallan: Una multa de PESOS: trescientos treinta y
dos pesos ($ 332) por atraso parcial en el cumplimiento de las entregas de los
renglones Nº 1 y 4, del presente contrato.
Art. 2°.- Regístrese, notifíquese fehacientemente a la Firma Adjudicataria conforme lo
establecido en los Art.. 60 y 61 del DNU Nº 1510/97 ,aprobado por Resolución Nº 41-
LCBA-98.Publiquese en el Boletín Oficial y en el módulo Publicador de Penalidades y
Sanciones del Sistema Buenos Aires Compras (BAC) del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en la DI-2017-222-DGCYC -
BOCBA Nº 5092. Asimismo deberá procederse a la caratulación del respectivo
Antecedente de Cancelación de Cargo el cual será remitido a la Direccion General de
Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda “ Órgano Rector del Sistema de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5458 - 17/09/2018

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