Disposición Nº 68/GCABA/DGFYC/17
Firmantes | Pérez Lorgueilleux - Alonso - May |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL |
VISTO:
El expediente N° 10.580/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 01-
GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 02-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución
N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/05 (BOCBA N° 2194),
la Resolución N° 12-SSCC/05 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-SSCC/05
(BOCBA N° 2352), la Resolución N° 13-SSCC/06 (BOCBA N° 2370), la Resolución N°
68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA N° 2521), la Resolución N° 12-SSCC/06, la Ley N°
2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y;
CONSIDERANDO:
Que, la Sra. ENRIQUETA SÁNCHEZ BOBARÍN en su carácter de titular del local
bailable que opera con nombre de fantasía EL PICAFLOR, ubicado en la Av.
Corrientes N° 3530 (PB, SS y ES) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la
renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05, conforme constancia obrante a fs.
2044;
Que, dicho local posee habilitación por expediente N° 3.315/2007 concedida para el
rubro local de baile clase "C" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de
Lugares Bailables bajo el N° 052/05 por Disposición Conjunta N° 056/05 de fecha 04
de mayo de 2005;
Que, por Disposición Conjunta N° 084/07 de fecha 10 de agosto de 2007, se otorgó al
local una capacidad máxima para funcionar de seiscientas sesenta y dos (662)
personas;
Que, mediante Disposiciones Conjuntas N° 095/06, N° 078/07, N° 071/08, N° 078/09,
N° 94/10, N° 87/11, N°98/12, N° 123/13 N° 87/14, DISFC-2015-73-DGFYC y DISFC-
2016-76-DGFYC el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares
Bailables por el término de un (Que, el administrado deberá mantener vigentes todos
los certificados, constancias y demás documentación presentada en este acto hasta el
vencimiento de la presente renovación, bajo apercibimiento en caso de
incumplimiento, de suspender, sin intimación previa y de manera inmediata, la
inscripción del local en este Registro;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Gerencia y Subgerencia Operativa Registro de Lugares Bailables, evaluaron la
documentación presentada por la empresa solicitante, y, del análisis efectuado se
desprende que la empresa peticionante...
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