Disposición Nº 653/GCABA/DGCONT/15

FirmantesNaveiro
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirecciÓN General de Control
Fecha de la disposición31 de Agosto de 2015

VISTO:

Los términos de la Ordenanza N° 36.352, del Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el

Expediente N° 20236336-15

CONSIDERANDO:

Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el

Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y

Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto

Reglamentario N° 8.151/80;

Que, la presentación es efectuada por FERNANDEZ ENRIQUE ALEJANDRO para el

local sito en TRIUNVIRATO AV.4351LOC.22, de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que, el solicitante acredita haber iniciado la solicitud del trámite de habilitación del

local reseñado a su nombre por Expediente 4763577-15y para los rubros "Empresa de

Desinfección y Desratización";

Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa

AGUSTINWESKAMPD.N.I. N° 26765629, de profesión ING. AGRONOMO, quien se

encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de

Desinfección y Desinfestación, bajo el RL N° -18237822-14-DGCONT

Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la

pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos

2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;

Que, el Código de Habilitaciones establece, conforme el Art. 1.1.1, que toda actividad

que se desarrolle en el ejido de la Ciudad debe contar con permiso y/o habilitación

conforme corresponda, a tales efectos;

Que, el cuerpo normativo referenciado regula por medio de los Art. 2.1.9 y 2.1.8, las

actividades que pueden llevarse adelante no obstante no contar con el certificado de

habilitación otorgado;

Que, por Art. citado en segundo término se detallan aquellas actividades que no

podrán desarrollarse hasta contar con habilitación otorgada, entendiéndose por esto,

que no se pueden desarrollar con habilitación en trámite;

Que, las actividades por las cuales se tramita la habilitación en el marco del

Expediente reseñado en el tercer párrafo de la presente no se encuentran incluidas en

aquellas alcanzadas por el régimen del Art. 2.1.8;

Que, de una interpretación armónica del Código de Habilitaciones como el Decreto

8.151/80, surge que la iniciación del...

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