Disposición Nº 653/GCABA/DGCONT/15
Firmantes | Naveiro |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | DirecciÓN General de Control |
Fecha de la disposición | 31 de Agosto de 2015 |
VISTO:
Los términos de la Ordenanza N° 36.352, del Decreto Reglamentario N° 8.151/80 y el
Expediente N° 20236336-15
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente mencionado en el visto tramita la solicitud de inscripción en el
Registro de Actividades correspondiente a Empresas Privadas de Desinfección y
Desinfestación, conforme lo establecido en la Ordenanza N° 36.352 y su Decreto
Reglamentario N° 8.151/80;
Que, la presentación es efectuada por FERNANDEZ ENRIQUE ALEJANDRO para el
local sito en TRIUNVIRATO AV.4351LOC.22, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que, el solicitante acredita haber iniciado la solicitud del trámite de habilitación del
local reseñado a su nombre por Expediente 4763577-15y para los rubros "Empresa de
Desinfección y Desratización";
Que, el requirente ha designado como Director Técnico de la Empresa
AGUSTINWESKAMPD.N.I. N° 26765629, de profesión ING. AGRONOMO, quien se
encuentra inscripto en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de
Desinfección y Desinfestación, bajo el RL N° -18237822-14-DGCONT
Que, asimismo, el solicitante ha cumplimentado la obligación de presentar la
pertinente Memoria Descriptiva en los términos de lo establecido en los puntos
2.2.3.3., 2.2.3.4 y 2.2.3.5. del citado Decreto N° 8.151/80;
Que, el Código de Habilitaciones establece, conforme el Art. 1.1.1, que toda actividad
que se desarrolle en el ejido de la Ciudad debe contar con permiso y/o habilitación
conforme corresponda, a tales efectos;
Que, el cuerpo normativo referenciado regula por medio de los Art. 2.1.9 y 2.1.8, las
actividades que pueden llevarse adelante no obstante no contar con el certificado de
habilitación otorgado;
Que, por Art. citado en segundo término se detallan aquellas actividades que no
podrán desarrollarse hasta contar con habilitación otorgada, entendiéndose por esto,
que no se pueden desarrollar con habilitación en trámite;
Que, las actividades por las cuales se tramita la habilitación en el marco del
Expediente reseñado en el tercer párrafo de la presente no se encuentran incluidas en
aquellas alcanzadas por el régimen del Art. 2.1.8;
Que, de una interpretación armónica del Código de Habilitaciones como el Decreto
8.151/80, surge que la iniciación del...
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