Disposición N° 642-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 3 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 642/DGIUR/18
Buenos Aires, 18 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 3.194.062/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio Minorista de Ropa confeccionada, lencería, blanco,
mantelería, textiles en general y pieles; Comercio Minorista de calzados en general,
artículos de cuero, talabartería, marroquinería; Comercio Minorista de artículos
personales y para regalos", para el inmueble sito en la Av. La Plata Nº 1772/74/82,
Planta Baja, con una superficie cubierta a habilitar de 175,79m², y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se encuentra ubicado en un Distrito NE (Normas
Especiales). Para esta zona se encuentra en vigencia la Ordenanza 38.696/83 (B. M.
16.969), según las Planchetas del Código de Planeamiento Urbano. Por esta
Ordenanza se deroga expresamente la apertura proyectada de las calles Muñiz, en el
tramo comprendido entre la calle Inclán hasta su cierre; y de la calle Salcedo en el
tramo comprendido entre la Avenida La Plata y su cierre, desafectándose las mismas.
Se deroga, además, la prohibición de subdivisión de la parcela que conforme la zona 2
(zona que ocupaba el Club San Lorenzo), establecida por el art. 1º, punto 2. 3.3. de la
Ordenanza 36.019, a los exclusivos fines de que la Dirección General de Fiscalización
de Obras y Catastro confeccione el plano con los croquis de subdivisión necesarios
para que se obtengan los títulos de dominio e inscripciones registrales por la
Municipalidad dela Ciudad de Buenos Aires de las fracciones;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
07681758-DGIUR-2018, indica que en este caso, la parcela 12, es lindera a la parcela
6 que ocupa actualmente el supermercado Carrefour y anteriormente el Club San
Lorenzo de Almagro dentro de la misma manzana 137 A. Por "Plano de Permiso de
Uso" agregado por PLANO-2018-03194037-SSREGIC, se verifica que el local se
desarrolla en P. Baja. Consta de un local de ventas con 3 depósitos anexos, cuyas
superficies sumadas es menor al 60% de la superficie del local. Posee un sanitario.
Según el relevamiento fotográfico adjunto en la P.D.I (Parcela Digital Inteligente), este
local comercial se encuentra en funcionamiento por lo menos desde 1998;
Que teniéndose en cuenta lo expuesto precedentemente, que se trata de un Distrito
NE (Normas Especiales) y que dichas normas no han sido dictadas, que se trata de
local existente, que pertenece al Club San Lorenzo de Almagro, que el frentista por Av.
La Plata, en este sector entre las calles Inclán y Las Casas es Distrito C3II, que el uso
solicitado es permitido en el mismo, siendo en el resto de la Av. La Plata Distrito C3II
en ambas aceras, se cree conveniente dar intervención al Consejo del Plan Urbano
Ambiental para su estudio, siendo opinión del Área Técnica competente que podría
accederse, en primera instancia a lo solicitado en forma temporal, condicionado al
dictado de normas;
Que el Consejo del Plan Urbano Ambiental, mediante Dictamen N° 57-CPUAM-2018,
indica que considera del punto de vista urbanístico, factible la localización de los usos
“Comercio Minorista de: Ropa; confeccionada, lencería, blanco, mantelería; textil en
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5365 - 03/05/2018

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