Disposición N° 64/DGAMT/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 64/DGAMT/21
Buenos Aires, 10 de diciembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y
su modificatorio N ° 207/19, las Disposiciones N° 47/GCABA-DGAMT/20 y N°
54/GCABADGAMT/20, el Expediente Electrónico Nº 18.989.761/GCABA-
DGCYC/2.020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramitó la Contratación Menor N°
623- 1806-CME20 para la Adquisición de Insumos de Hematología con Equipo en
Comodato y sin cargo, con destino al Servicio de Laboratorio de la Dirección General
Administración Medicina del Trabajo (DGAMT) dependiente del Ministerio de Hacienda
y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Disposición N° 54/GCABA-DGAMT/20 se aprobó la mentada Contratación
Menor y se adjudicó a la firma: DROFAST S.R.L (Renglón Nro. 1) en la suma total de
PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000,00.-), girándose en
consecuencia el documento contractual N° 623-12851-OC20;
Que a posteriori, mediante Nota N° NO-2021-36987853-GCABA-DGAMT, de fecha 2
de Diciembre de 2021, quien suscribe, le manifestó a la Dirección General de Compras
y Contrataciones, en su carácter de Organismo Licitante, la necesidad de ampliar el
documento contractual referido precedentemente, por un veinte por ciento (20%)
respecto del monto total adjudicado;
Que en virtud de lo expuesto, correspondería ampliar respecto de la adjudicación
original, el Renglón N° 1 del Documento Contractual N° 623-12851-OC20, en la suma
total de Pesos Quinientos mil ($500.000,00.-);
Que según establece la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) en su
artículo 110 (ex 119), Inciso I, sobre la ampliación contractual: “...[son] Facultades del
organismo contratante Una vez perfeccionado el contrato, el organismo contratante
puede: I) Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de
su valor original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con
adecuación de los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre
uno, varios o el total de los renglones de la orden de compra...”;
Que, es dable poner de manifiesto que, la ampliación propiciada no supera los límites
previstos en el artículo mencionado en el considerando que antecede;
Que atento a ello, el Órgano Rector en materia de Compras y Contrataciones tomó
debida intervención confeccionando el correspondiente Proyecto de Acto
Administrativo por el cual se propicie la ampliación contractual requerida;
Que es de destacar que mediante Ley N° 6.347, se aprobó la tercera actualización del
Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contiene las normas de
alcance general y carácter permanente, entre ellas la Ley N° 2.095, consolidadas al 31
de agosto de 2.020. Consecuentemente, se ha reestructurado en el presente la
numeración de los artículos a efectos de adaptarlos a la citada normativa;
Que, es dable poner de manifiesto que si bien por Decreto N° 74/21 fue aprobada la
nueva reglamentación de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6291 - 07/01/2022

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