Disposición Nº 633/GCABA/DGEVA/17

FirmantesHarilaos
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-

171-APRA, el Expediente N° EX-2016-08331792-MGEYA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Rubro Habilitado: Venta, exposición, depósito y taller de reparaciones de

compresores y bombas de engrase. Rubro según normativa vigente: Fabricación de

bombas, compresores, grifos y válvulas (599.983)", a desarrollarse en la calle Santo

Domingo N° 2.774, Planta Baja y Entrepiso, de esta Ciudad, con una superficie de

459,85 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 3, Sección: 18, Manzana: 033,

Parcela: 008, Distrito de Zonificación: E3;

Que en el Informe N° IF-2017-07882908-DGET, de fecha 30 de marzo de 2017, la ex

Gerencia Operativa de Prevención y Planificación considera a la actividad peticionada

como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de Evaluación de Impacto

Acústico (IEIA) de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N°

740/07;

Que por Informe N° IF-2017-14718230-DGEVA, de fecha 26 de junio de 2017, la

Subgerencia Operativa de Impacto Acústico de esta Dirección General, manifiesta que

la actividad: "Fabricación de bombas, compresores, grifos y válvulas", se encuentra

catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y

le corresponde al titular de la misma la inscripción en el Registro de actividades

catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;

Que el Certificado de Aptitud...

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