Disposición N° 630/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 630/DGIUR/21
Buenos Aires, 26 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 08.377.806-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la calle Gavilán Nº
4028 (Sección 061-Manzana 148ª- Parcela 016);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-12353251-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B.1.) Art. 6.2.6. y a
Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B. 2) Art. 6.2.5. del Código
Urbanístico (Ley N.º 6099), por lo que corresponde el trazado de Línea Interna de
Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Gavilán, Nueva York, Gabriel
Lafond, y la Av. Salvador María del Carril. Dicha manzana posee un frente de 81,17 m
sobre la calle Gavilán, un frente de 51,27 m sobre la calle Nueva York, un frente de
80,83 m sobre la calle Gabriel Lafond, y un frente de 51,59 m sobre la Av. Salvador
María del Carril; todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas
Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 4.165,83 m2, de acuerdo a
Consulta de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente
(PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.B. 1 y U.S.A.B. 2) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico
que adjunta-, quedando afectada la parcela en cuestión a una Línea Interna de
Basamento (L.I.B.) ubicada a 18.00 m respectivamente medidos paralelamente desde
la Línea Oficial (L.O.) de la calle Gavilán;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6113 - 30/04/2021

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