Disposición Nº 63/GCABA/HGAIP/15

FirmantesCuba - Bennazar
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital General de Agudos Ignacio Pirovano
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2015

VISTO:

el Expediente Electrónico N° 150213/2015 por el cual el Hospital General de Agudos

Ignacio Pirovano gestiona la adquisición de Insumos para Laboratorio, correspondiente

a la Compra N° 851/15 con destino al Servicio de Laboratorio y en el marco de lo

dispuesto por el Decreto 556/10 (BOCBA 3463) y su Modificatorio 752/10 (BOCBA

3512), el Art. 6° del Decreto 392/2010 (BOCBA 3424), el Decreto 335/11 (BOCBA

3689), la Resolución 648-MMGC/13 (BOCBA 3235), y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo al Decreto 556/10 Art. 2 Inc. a) la presente adquiere el carácter de

"Urgente" conforme la Solicitud de Pedido presentada por la Sra. Jefa de División

Laboratorio Dra. Ana M. Casimiro, la Sra. Jefa de Dpto. de Servicios Centrales de

Diagnóstico y Tratamiento Dra. Silvia Álvarez y avalada por el Sr. Subdirector Médico

del Hospital Dr. José Luis Tobar, de los insumos que tramita el presente Expediente

Electrónico;

Que de acuerdo al Decreto 556/10 Art. N° 2, la presente compra se halla encuadrada

en los marcos de los incisos b) y c) del precitado artículo; cursándose 3 (tres)

invitaciones a cotizar en forma fehaciente y estando inscriptos en el Registro

Informatizado Único y Permanente de Proveedores, en los términos del artículo N° 22

de la Ley N° 2095 (BOCBA N° 2557);

Que se cursaron las invitaciones a la CAC y UAPE, contándose al momento de la

apertura con la respuesta de CAC;

Que como consta en la planilla de firmas se han invitado además de los 3 (tres)

fehacientes, a 4 (cuatro) firmas inscriptas en el padrón de proveedores, recibiéndose

como consta en el Acta de Apertura 3 (tres) cotizaciones;

Que en reunión del Consejo Asesor Técnico Administrativo de fecha 04/05/2011, se

aprobó la compra de todos los insumos que contaran con stock insuficiente y para no

caer en desabastecimiento y proseguir con la atención diaria de los pacientes;

Que se procedió a anular el Renglón N° 7 por considerarse Precio Excesivo.

Que este nivel deja expresa constancia que los remitos vinculados al...

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