Disposición N° 63/DGALUM/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 8 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 63/DGALUM/18
Buenos Aires, 8 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13064, aplicable en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires sobre la base de lo dispuesto en la Cláusula Transitoria
3 de la Ley N° 70, la Ley N° 5460, el Decreto N° 413/AJG/16, las Resoluciones Nros.
1010/MAYEPGC/15, 1086-MAYEPGC/15, 1180/MHGC/2018, 1085/MHGC/2018,
1083/MHGC/2018, los Expedientes Electrónicos N° 6.191.740/DGALUM/2015 y N°
10908304/DGALUM/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente N° 6.191.740/DGALUM/2015 tramitó la Licitación Pública N°
652/SIGAF/2015 para la contratación del "Servicio Integral de Mejora y Mantenimiento
del Alumbrado Público, y su Sistema Integral de Telegestión";
Que por Decreto N° 413/AJG/16 el Jefe de Gobierno, aprobó la Licitación Pública de
referencia y adjudicó la Zona 1 de la mencionada contratación a la empresa
MANTELECTRIC I.C.I.S.A.;
Que en el numeral 2.1.1., apartado f) del Pliego de Condiciones Particulares, se
definen las tareas de Adecuación, Remodelación y Optimización o similar del
alumbrado público;
Que en el ítem 2.28.1 y siguientes del Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que rige la Licitación Pública Nº 652/SIGAF/2015, aprobado mediante la Resolución
N° 1010-MAYEPGC/15 y su rectificatoria N° 1086-MAYEPGC/15, se estableció que:
"Durante la vigencia del contrato, el GCBA podrá encomendar a la contratista (...)la
ejecución de Obras de adecuación, remodelación, reacondicionamiento, reemplazo,
ampliación, remoción, optimización y/o similares de las instalaciones que conforman el
Sistema de Alumbrado Público existente. (...) "La encomienda de las obras se
resolverá a solo juicio del GCBA...";
Que por medio de la actuación N° 10908304/DGALUM/18, tramita la convalidación por
la ejecución de las tareas de reconversión, actualización tecnológica y eficiencia
energética del sistema de alumbrado público ejecutadas en la Plaza Rodríguez Peña
(Paraguay, Rodriguez Peña, Marcelo T. de Alvear, Av. Callao), Plaza Vicente López y
Planes y (Arenales, Montevideo, Paraná, Juncal), Plaza Enrique Udaondo (Arenales y
Montevideo), pertenecientes a la Comuna 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
las cuales consistieron en la reconversión a Tecnología Led;
Que la obra en cuestión fue ejecutada en ausencia de un acto administrativo que lo
ordene, toda vez que, primó la necesidad de continuar brindando un servicio esencial
de reconversión, actualización tecnológica y eficiencia energética del sistema de
alumbrado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Gerencia Operativa de Actividad Tecnológica programó la reconversión a Led
de dichas Plazas y se la encomendó a la empresa MANTELECTRIC I.C.I.S.A., de la
zona 1, a través de la orden de servicio n° 387 emitida por la Gerencia Operativa de
Inspección y Certificación;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5431 - 08/08/2018

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