Disposición N° 628/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición30 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 628/DGIUR/21
Buenos Aires, 26 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 7.243.222-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la calle Pinto Nº
3575 (Sección 041- Manzana 085- Parcela 002B);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-12348327-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada por Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B.2.) Art. 6.2.5. del
Código Urbanístico (Ley N° 6099) y su modificatoria (Ley N° 6361), por lo que
corresponde el trazado de la Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Crisólogo Larralde, Zapiola,
Núñez y Pinto. Dicha manzana posee un frente de 58.20 m sobre la calle Crisólogo
Larralde, un frente de 129.33 m sobre la calle Zapiola, un frente de 58.41 m sobre la
calle Núñez y un frente 129.58 m sobre la calle Pinto. Cabe aclarar que dicha
manzana se encuentra afectada a un futuro ensanche de la calle Crisólogo Larralde
según lo establecido en Art. 5.4 - Vías con L.E. particularizadas del Código Urbanístico
(Ley N.º 6099) y su modificatoria (Ley Nº 6361). De esta forma, la manzana poseerá
un frente de 124.94 m sobre la calle Zapiola y un frente de 125.19 m sobre la calle
Pinto; todos ellos medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales
(L.O.). Asimismo, computa una superficie total de 7544.29 m2, de acuerdo a Consulta
de registro catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.B.2) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-,
quedando afectada la parcela en cuestión a una Línea Interna de Basamento (L.I.B.) a
22.00 m medidos paralelamente desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle Pinto;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6113 - 30/04/2021

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