Disposición N° 61/SGA/18

EmisorMinisterio Público de la Defensa
Fecha de la disposición22 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 61/SGA/18
Buenos Aires, 17 de mayo de 2018.
VISTO
La Ley de Compras y Contrataciones Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4.764 y el
Expediente DP Nº 229/18 del registro de este Ministerio Público de la Defensa, y;
CONSIDERANDO:
I.- Que, mediante la Contratación Directa Nº 29/18 tramita la contratación del servicio
de enlace de internet dedicado de 50 MB y un enlace MPLS de 100 MB para la sede
sita en Piedras 441 de este Ministerio Público de la Defensa, por el plazo de doce (12)
meses, contados a partir de la fecha de notificación de la Orden de Compra;
II.- Que, la presente contratación se encuentra prevista en el Plan Anual de Compras y
Contrataciones 2018 aprobado por Resolución DG N° 244/18;
III.- Que, del presupuesto presentado por la empresa C.P.S. COMUNICACIONES S.A.
CUIT 30-69685097-2, surgen las características y condiciones del servicio y la
cotización del mismo, cuyo monto asciende a la suma total de PESOS SEISCIENTOS
SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO ($666.468,00) por el
plazo de doce (12) meses, contados a partir de la fecha de notificación de la Orden de
Compra;
IV.- Que, la firma C.P.S. COMUNICACIONES S.A., presenta la totalidad de la
documentación exigida por el ordenamiento normativo a los fines de la adjudicación
del servicio;
V.- Que, la empresa C.P.S. COMUNICACIONES S.A. CUIT 30-69685097-2, es la
actual proveedora del servicio referido en el considerando I) en el ámbito del Poder
Judicial de la Ciudad, y siendo el único proveedor que brinda el servicio MPLS primario
en la red del Poder Judicial de la Ciudad, resulta indispensable que la sede de calle
Piedras 441 se encuentre conectada a dicha red;
VI.- Que, en virtud de lo expuesto, se torna necesario implementar la presente
contratación bajo el procedimiento de contratación directa, en los términos del art. 28
inciso 6) de la Ley 2095, modificada por la Ley Nº 4764, que expresamente admite
esta modalidad de contratación “cuando se trate de la reposición o complementación
de bienes o servicios accesorios que deban necesariamente ser compatibles con los
modelos, sistemas o infraestructura previamente adquiridos o contratados”;
VII.- Que, la Dirección de Presupuesto realizó la afectación presupuestaria, de acuerdo
a lo establecido en la Ley Nº 70, para el presente ejercicio presupuestario;
VIII.- Que, conforme lo establece el art. 13 de la reglamentación de la Ley Nº 2095,
aprobada mediante Resolución CCAMP Nº 53/15, la aprobación y la adjudicación de la
contratación hasta 100.000 unidades de compra, -esto es hasta la suma de $
1.450.000, por aplicación del art. 27, apartado b) de la ley 5915 (Presupuesto para el
Ejercicio Económico 2018), que establece que cada unidad de compra es igual a $
14,50-, es competencia del titular de la Unidad Operativa de Adquisiciones, atribución
que por Resolución DG Nº 197/15 ha recaído en el Secretario General de
Administración, quien se encuentra asimismo, en virtud del monto por el que se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5378 - 22/05/2018

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