Disposición Nº 608/GCABA/DGET /16
Firmantes | Harilaos |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Evaluación Técnica - Apra |
Fecha de la disposición | 10 de Mayo de 2016 |
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2216, el Decreto N° 222/12, las Disposiciones N° DI-2012-117-
DGTALAPRA y el Expediente N° EX-2014-14739413-MGEYA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Rubros autorizados por DI-2014-966-DGIUR: Playa de Carga y Descarga;
Impresión; Servicios relacionados con la impresión; Rubros según normativa vigente:
Industria: Impresión (501.487) (ClaNAE N° 2221.0); Servicios relacionados con la
impresión (501.559) (ClaNAE N° 2222.0)", a desarrollarse en el inmueble sito en la
Avenida de los Constituyentes N° 3.423/25/31/33, Planta Baja, Entrepiso y Planta Alta,
de esta Ciudad, con una superficie de 1.124,98 m2, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción: 15, Sección: 61, Manzana: 61, Parcela: 017A/019A, Distrito de
Zonificación: U39 - R1bI;
Que por Disposición N° DI-2014-966-DGIUR, el Director General de Interpretación
Urbanística con fecha 18 de Junio de 2.014, autorizó la localización del uso: "Playa de
Carga y Descarga; Impresión; Servicios relacionados con la impresión";
Que en el Informe N° IF-2015-38.992.368-DGET, de fecha 28 de diciembre de 2.015,
la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General
considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de
conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;
Que por Informe N° IF-2015-18.790.270-DGET, de fecha 6 de Julio de 2.015, la
Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica de esta Dirección General,
manifiesta que la actividad "Toda actividad industrial que comprenda la fabricación,
transformación o elaboración de materias u objetos en serie o a escala industrial que
posea una potencia instalada igual o superior a 100 HP" se encuentra catalogada en el
inscripción del titular de la misma en el...
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