Disposición N° 605/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 4 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 605/DGIUR/19
Buenos Aires, 28 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente Nº 13.770.189/2019 por el que se solicita el Visado de
"Esquema de Publicidad", para el inmueble sito en la calle Bolívar N° 1701/05, según
documentación adjuntada como IF-2019-13769488-GCABA-SSREGIC (N° de orden
11), y
CONSIDERANDO:
Que el edificio en cuestión se encuentra en el Distrito APH1 “San Telmo, Av. de Mayo“
y está catalogado con Nivel de Protección “Cautelar“ mediante Ley N° 2707
15/05/2008 (B.O. 2959 26/06/2008); siendo de aplicación el Punto 3.7.1 del Anexo II
del Código Urbanístico (C.Ur.), el Punto 9.1.3.2.2 "Protección Especial Edilicia" del
Título 9 del C.Ur. y el Punto 3.2 Preservación Patrimonial del Código de Edificación
(C.E.);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
15843976-DGIUR-2019, indica que de la lectura del Expediente surge que la cartelería
propuesta para el inmueble, según documentación adjuntada como IF-2019-
13769488-GCABA-SSREGIC (obrante en el N° de orden 11) consiste en:
1º letrero de 1,00m2 (1,00m por 1,00m), contenido dentro de vano.
2º letrero de 0,70m2 (1,00m por 0,70m), contenido dentro de vano.
Letras corpóreas de polyfan color blanco adheridas mediante cinta de doble cara para
exteriores sobre chapa color marrón;
Que al respecto, el Área Técnica entiende que el cartel publicitario no afectaría los
valores urbanísticos del Distrito APH1 (punto 3.7.1 del Anexo II del C.Ur.) y no alteraría
los valores arquitectónicos del inmueble con Protección “Cautelar“ (Punto 9.1.3.2.2 del
C.Ur. y Punto 3.2 del C.E.), por lo que resultaría factible acceder a su visado.
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad" obrante en documentación adjuntada como IF-2019-13769488-GCABA-
SSREGIC (N° de orden 11), para el inmueble sito en la calle Bolívar N° 1701/05,
debiendo cumplir con la normativa vigente para el Distrito en cuestión.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su emisión; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5631 - 04/06/2019

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