Disposición N° 60/DGFYC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición25 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 60/DGFYC/18
Buenos Aires, 15 de junio de 2018
VISTO:
El E.E.-2017-25914903-AGC, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005
(BOCBA Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución 02/SSCC/05
(BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución
Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº
2352), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Ley N°
2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y
CONSIDERANDO:
Que, el local sito en Pte. José Justo Uriburu Nº 1073, PB y PI 1º, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con nombre de fantasía "KUMA CLUB", con inscripción N°
144/14, en el Registro Público de Lugares Bailables, perteneciente a INSOMNES S.A.,
el cual posee habilitación por expediente Nº 1744231/12, para funcionar en carácter de
local de baile clase "C", con una capacidad máxima otorgada de QUINIENTAS OCHO
(508) personas de conformidad con lo normado en Decreto de Necesidad y Urgencia
Nº 1 y Nº 2-GCBA/05;
Que, por Disposición Conjunta Nº 130/2014, de fecha de 5 de diciembre de 2014, se
inscribió en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un (1) año,
habiendo renovado su inscripción por el término de un año mediante DISFC-2015-114-
DGFYC, DISFC-2016-115-DGFYC y DISFC-2017-110-DGFYC;
Que por NO-2018-17100649-DGDCIV, del 15 de junio de 2018, la Dirección General
de Defensa Civil informo al Registro Público de Lugares Bailables que "...el local
bailable Clase C KUMA CLUB de INSOMNES S.A. ha presentado el Plan Sistema de
Autoprotección Ley 5920 y no ha dado cumplimiento con los requisitos estatuidos en la
DI-1358/2018-DGDCIV Anexo IV";
Que, atento lo informado por la Dirección General de Defensa Civil es procedente
disponer la suspensión preventiva del establecimiento en el Registro Público de
Lugares Bailables hasta tanto regularice la situación mencionada;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y por Ley Nº 2624/2007, promulgada por
Decreto Nº 2137/07,
EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS,
EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
DISPONEN
Artículo 1º: Suspéndase a partir del día de la fecha la inscripción en el Registro Público
de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/GCBA/2005,
del local con nombre de fantasía "KUMA CLUB", que posee inscripción con el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5400 - 25/06/2018

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