Disposición N° 6-SGISSP/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 – AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 6/SGISSP/18
Buenos Aires, 15 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666), el Decreto N°
326/GCABA/17, la Disposición N ° 4/SGISSP/18, el Proceso de Compra BAC N° 869-
0060-CDI18, el Expediente Electrónico N° 3880223/MGEYA/SGISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, tramita la Contratación Directa N° 869-0060-
CDI18 para la adquisición de dispositivos netbook para aulas digitales, con fines
educativos para el Instituto Superior de Seguridad Pública, al amparo de lo establecido
en el Artículo 28 inciso 6 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y
su Decreto Reglamentario N° 326/GCABA/17;
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) establece las normas
básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regula las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que por Decreto N° 326/GCBA/14 se aprobó la reglamentación del artículo 85 de la
Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666) y reguló el Sistema Electrónico
de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que por Disposición N° 396/DGCyC/14 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley
N° 5.666), aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que el Artículo 28 Inciso 6) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.666),
reglamentada por Decreto N° 326/GCBA/17, establece que la contratación directa
debe encontrarse debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que
la invoca, "...sólo en los siguientes casos: (...) 6) cuando se trate de la reposición o
complementación de bienes o servicios accesorios que deban necesariamente ser
compatibles con los modelos, sistemas o infraestructura previamente adquiridos o
contratados.";
Que se ha incorporado mediante la Nota N° 2018-3865527-SAISSP, el requerimiento
efectuado por el Sr. Secretario Académico del Instituto Superior de Seguridad Pública,
en el cual manifesta la necesidad de ampliar la cantidad de dispositivos de enseñanza
con los que se cuenta y sumar (400) unidades de equipos netbooks de idénticas
características a las que fueran adquiridas mediante el proceso de compra N° 869-
1163-LPU16, con motivo del incremento en la cantidad de alumnos que cursarán en
las aulas virtuales del ciclo lectivo 2018;
Que el ingreso para el presente año es de aproximadamente 2.200 alumnos, entre el
"Curso de Formación Inicial para Aspirante a Oficial de la Policía de la Ciudad" y el
"Curso de Formación Inicial para Aspirante a bombero calificado del Cuerpo de
Bomberos de la Ciudad", bajo la modalidad del régimen de internado, a los que se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5337 - 19/03/2018

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