Disposición Nº 6.235 de 20 de Noviembre de 2006

La Plata, 20 de noviembre de 2006.

VISTO los artículos 17, 35 y concordantes de la Ley 10707; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 10707 faculta a este Organismo Catastral a adoptar nuevas técnicas y soportes informáticos que resulten del avance tecnológico, sin alterar los recaudos de fondo establecidos en dicho cuerpo;

Que en este sentido la Dirección Provincial de Catastro Territorial no puede permanecer ajena al uso de las nuevas herramientas que ofrece la transferencia electrónica de información entendiendo, por otra parte, que debe ser protagonista de los cambios que la sociedad propicia en este tema, acompañando su desarrollo con responsabilidad y compromiso;

Que en orden...

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