Disposición N° 590/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición12 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 590/DGIUR/22
Buenos Aires, 25 de marzo de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y su modificatoria, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2021-39543199-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos "1.4.2. Local de venta de golosinas envasadas (kiosco), 1.4.4. Local de venta
de productos alimenticios y/o bebidas (excluído feria, mercado, supermercado y
autoservicio), 1.1. Comercio mayorista sin depósito” en el inmueble sito en la calle
Defensa N° 1014 Planta Baja;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
09124465/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos “1.4.2. Local de
venta de golosinas envasadas (kiosco), 1.4.4. Local de venta de productos alimenticios
y/o bebidas (excluído feria, mercado, supermercado y autoservicio), siempre y cuando
se retire la publicidad y el cartel saliente por resultar antirreglamentario”, dejando
constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y
que no haya sido expresamente contemplada en la presente. Asimismo, dicha
Gerencia Operativa estima que no resultaría factible desde el punto de vista
urbanístico y patrimonial la localización del uso “1.1. Comercio mayorista sin depósito”;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica Específica APH 1
"San Telmo - Montserrat", Zona 2b, y el mismo se encuentra catalogado con nivel de
protección "Cautelar" de acuerdo a lo establecido en el Código Urbanístico;
Que el uso solicitado “1.1. Comercio mayorista sin depósito” se encuentra
contemplado en la categoría “Ccomercial” del Cuadro de Usos del Suelo N° 3.3; y para
el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4, se indica con referencia no (No permitido
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6376 - 12/05/2022

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