Disposición N° 59/DGTALPG/18

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 59/DGTALPG/18
Buenos Aires, 9 de mayo de 2018
VISTO:
La Ley Nº 70 (texto consolidado por Ley N° 5.666), los Decretos Nº 42/GCABA/2002,
433/GCABA/2016 y N° 54/GCABA/2018, las Resoluciones Nº 832/PG/2003, Nº
180/PG/2006 y Nº 2944/MHGC/2016, y el EE Nº 24713659/PG/2017, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6 del Decreto Nº 42/GCABA/2002, modificado por su similar N°
54/GCABA/2018, establece que la Administración podrá reintegrar aquellos gastos
útiles realizados por los mandatarios para identificar al demandado o su domicilio,
realizar intimaciones en extraña jurisdicción y ejecutar sentencias;
Que el Decreto Nº 433/GCABA/2016 establece los niveles de decisión y cuadro de
competencias complementarias correspondientes a los actos de ejecución
presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la Ciudad
de Buenos Aires, de acuerdo al artículo 4 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley
N° 5.666);
Que el referido Decreto faculta a funcionarios para autorizar pagos, reintegros de
gastos y devoluciones de impuestos, derechos, tasas y multas, así como aprobar
liquidaciones de haberes, transferencias de fondos y gastos descentralizados
operativamente;
Que, a su vez, mediante Resolución Nº 2944/MHGC/2016 se aprueba la
reglamentación aplicable a los trámites de Reintegro de Gastos encuadrados en el
Punto 2 del Anexo I del Decreto precitado;
Que, conforme la mentada Resolución, el trámite de reintegro de gastos exige, en
forma previa a su autorización, la emisión del "acto administrativo de aprobación del
gasto emitido por el máximo responsable de la repartición solicitante";
Que por Resolución Nº 832/PG/2003, modificada por su similar Nº 180/PG/2006, se
reglamenta el pago del reintegro de gastos que prevé el Decreto Nº 42/GCABA/2002,
modificado por su similar N° 54/GCABA/2018;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1 y 2 de dicha norma, mediante RE-
2017-24722787-PG, obrante en el EE N° 24713659/PG/2017, el Dr. Omar Alejandro
Exeni Royo (DNI N° 14.768.744, CUIT N ° 20-14768744-4), mandatario fiscal del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha presentado solicitud de
reintegro de gastos correspondientes a las erogaciones efectuadas en el período
comprendido entre Agosto y Octubre de 2017, encontrándose agregados los
respectivos comprobantes en las actuaciones de referencia mediante IF-2017-
24723364-PG;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto N° 42/GCABA/2002,
modificado por su similar N° 54/GCABA/2018, la Dirección General Asuntos Tributarios
y Recursos Fiscales, mediante PV-2017-24881132-DGATYRF, ha verificado que los
conceptos cuyo reintegro tramita por las presentes actuaciones se encuentran
comprendidos entre los gastos indicados en dicho articulado;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5371 - 11/05/2018

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