Disposición N° 582-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 582/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 9.127.184/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Comercio minorista de productos alimenticios en Gral; Comercio
minorista de bebidas en General envasadas" para el inmueble sito en la calle Av.
Independencia Nº 775 PB, con una superficie a habilitar de 18m², y
CONSIDERANDO:
El inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distritos APH 1-14 "Zona de
Amortiguación" Zona 5d cuenta con Nivel de Protección Cautelar Parágrafo 5.4.12.1
del Código de Planeamiento Urbano;
Que el Área Técnica competente de la Dirección General de Interpretación
Urbanística, a través del IF Nº 10153747-DGIUR-2018, hace saber que los Usos
Consignados Permitidos: "Comercio minorista: de Productos alimenticios y/o bebidas
(excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio) - (se opere o no por sistema de
venta autoservicio)-Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería con la referencia "P"
Permitido;
Que los usos solicitados se encuentran expresamente consignados en el Cuadro de
Usos 5.4.12.1.del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en el Distrito
de Zonificación APH1, Zona 5d;
Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la
habilitación de los mismos;
Que no se visa publicidad; toda vez que no se lo solicita. Por tal motivo, no podrá
contar con cartel publicitario sin previo visado. Se deja constancia que deberá
relocalizar el equipo de aire acondicionado de ser posible en un patio auxiliar o de lo
contrario en la fachada dentro del vano y sin superar el plano límite que determina la
Línea Oficial;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a la Dirección General de
Interpretación Urbanística.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
de los usos: "Comercio minorista de productos alimenticios en Gral; Comercio
minorista de bebidas en General envasadas" para el inmueble sito en la calle Av.
Independencia Nº 775 PB, con una superficie a habilitar de 18m² (Dieciocho metros
cuadrados), debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación
para el presente caso.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5359 - 23/04/2018

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