Disposición N° 580-DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición23 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 580/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de abril de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 7.199.708/2018 por el que se solicita el Visado de Publicidad y
Toldo, para el inmueble sito en la Av. Rivadavia Nº 2002 Planta Baja, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito C3 -1. El inmueble tiene
Nivel de Protección Singular, con Catalogación Cautelar, según Ley Firme Nº 4103 de
fecha 01/12/2011;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
10153847-DGIUR-2018, indica que el esquema de publicidad presentado en orden 28
del expediente, (Plano-2018-09855963-SSREGIC), cumplimenta la normativa en la
materia, se considera que no existen inconvenientes en acceder a su visado;
Que se visan cartel y toldos solicitados en Declaración Jurada, Nº de Orden 14 RE-
2018-07206881-SSREGIC;
Que se trata de un inmueble con Nivel de Protección Singular, con Catalogación
Cautelar, deberá unificar el color de la fachada de PB con el resto del edificio para
mantener una lectura integral del mismo según se observa en la foto IFMUL-2018-
09238033-SSREGIC Nº de Orden 22;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad y Toldo" obrante a Plano-2018-09855963-SSREGIC orden 28, para el
inmueble sito en la Av. de Mayo Nº 1300, debiendo cumplir con toda la normativa
vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que según se observa en la foto Nº de Orden
22, deberá unificar el color de la fachada de PB con el resto del edificio para mantener
una lectura integral del mismo Artículo 3º.- Notifíquese al interesado, que toda reforma
posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación
del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 4º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 5º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad obrante a Plano-2018-09855963-SSREGIC al recurrente.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5359 - 23/04/2018

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