Disposición N° 578/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 5 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 578/DGIUR/22
Buenos Aires, 23 de marzo de 2022
VISTO: El Código Urbanístico aprobado por Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el
Decreto N° 99/GCABA/19 y el Expediente Nº 32.484.943/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto se solicita un Certificado Urbanístico de
Obra Mayor a desarrollarse en el predio sito en la calle Honduras Nº 5348 de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al respecto, el Código Urbanístico regula en el Título 2 del Anexo I los
Certificados Urbanísticos, estableciendo en el punto 2.1. que “El Certificado
Urbanístico es el documento que certifica la regulación urbanística sobre usos del
suelo, tejido y cargos públicas aplicable a la parcela (...)” y que el mismo “(...) deberá
adjuntarse al expediente de Obra Mayor de conformidad a la normativa de edificación”;
Que el Certificado Urbanístico que se solicita por las presentes actuaciones ha sido
requerido para el Ing. Rodrigo Ariel Pereyra (Matricula N° 17.253);
Que se ha verificado en el Padrón Web del Consejo Profesional de Ingeniería Civil que
el profesional se encuentra habilitado para el uso de la firma;
Que el Certificado Urbanístico tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días
corridos, prorrogables por una sola vez por otros 180 días a petición del solicitante,
conforme lo establecido en el punto 2.1.2 del Código Urbanístico;
Que el Decreto N° 99/2019 regula los datos que deberá contener el Certificado
Urbanístico;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa Morfología
Urbana, mediante Informe N° 10.069.455/DGIUR/2022 que obra en estos actuados,
concluyendo que la propuesta presentada bajo declaración jurada cumple con los
artículos 6.2.4. (Unidad de Sustentabilidad de Altura Media (U.S.A.M.), 6.3. (Perfil
Edificable), 6.3.1. (Construcciones Permitidas por sobre los Planos Límites), 6.4 (Área
Edificable), 6.4.2.3. (Extensiones vinculadas al Centro Libre de Manzana d)
Conformación de extensiones del Espacio Libre de Manzana de tipo regular (EELMR),
6.4.6. (Altura de Parcelas linderas a Esquina) y 6.6. (Regulación de Subsuelos) del
Código Urbanístico;
Que por lo expuesto, corresponde dictar el administrativo que apruebe el
correspondiente Certificado Urbanístico de obra mayor.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL
DE INTERPRETACIÓN URBANÍSTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Concédase el Certificado Urbanístico que como Anexo I (IF N°
11161527/DGIUR/22) forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- El Certificado Urbanístico aprobado por el artículo 1° de la presente
Disposición, tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días corridos, prorrogables
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6371 - 05/05/2022

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