Disposición N° 545/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 545/DGIUR/19
Buenos Aires, 10 de mayo de 2019
VISTO: El Expediente Nº 13.669.820/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar el uso: "Casa de cambio", para el inmueble sito en la Av. Julio A. Roca Nº
502 Planta Baja, Entrepiso y sótano UF. Nº 2., con una superficie a habilitar de 122,50
m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado al Área De Protección Histórica Específica: APH
1 zona 8f/AE3 "Edificio Catalogado con Nivel de Protección Cautelar";
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
13855715-DGIUR-2019, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el APH 1,
ni en el Edificio Catalogado;
Que la gerencia Operativa Usos del Suelo informa que por Ley N° 6099/18, se aprobó
el Código Urbanístico.
Según lo establecido en el parágrafo 3.7.1. APH1 - del Código Urbanístico para la
zona 8f, le corresponde el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo 4.
Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº3.3;
Que según lo consignado en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código
Urbanístico para el área de mixtura 4: a) El uso solicitado: "Casa de cambio", se
encuentra contemplado como; "6.2.7. Casa de cambio-agencia de seguros" y se indica
SI (Permitido en el Área de mixtura de usos);
Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta
alguna, por lo que no corresponde su visado;
Que se visan los usos permitidos "6.2.7. Casa de cambio-agencia de seguros", para el
inmueble sito en la Av. Julio A. Roca Nº 502 PB. EP. y sótano UF. Nº 2, con una
superficie de 122,50 m². Se deja constancia que el visado no implica la habilitación de
los mismos;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "6.2.7. Casa de cambio-agencia de seguros" para el inmueble sito en la Av.
Julio A. Roca Nº 502 Planta Baja, Entrepiso y sótano UF. Nº 2., con una superficie a
habilitar de 122,50 m², (Ciento veintidós metros cuadrados con cincuenta centímetros
cuadrados) debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de aplicación
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5621 - 21/05/2019

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