Disposición N° 54-DGDECO/18

EmisorMinisterio de Modernización, Innovación y Tecnología
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 54/DGDECO/18
Buenos Aires, 16 de marzo de 2018
VISTO:
las Leyes N° 2.972, N° 5.460; los Decretos N° 78/GCBA/14, N° 129/GCBA/13, N°
184/GCBA/13, N° 163/15, N° 675/17; la Resolución de Firma Conjunta N° RESFC-
2014-1-MDEGC; el Expediente Electrónico Nº 2018-5222825-DGDECO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 2.972 (modificada por Ley N° 5.927 BOCBA N° 5.292 del
11/01/2018) se creó el Distrito Tecnológico de la Ciudad de Buenos Aires en el área
comprendida entre las Avenidas Sáenz, Boedo, Chiclana, Sánchez de Loria y Brasil,
las calles Alberti y Manuel García y la Avenida Amancio Alcorta en ambas aceras;
Que la finalidad del Distrito ha sido fomentar la radicación de empresas que realicen
actividades relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación
(TIC), a fin de posicionar a la Ciudad como un centro de excelencia para la producción
y el desarrollo de dichas tecnologías;
Que, por el art. 4º, se designó al ex Ministerio de Desarrollo Económico -actual
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología- como autoridad de aplicación
en la materia que se regula;
Que, por su parte, el art. 28 prevé la creación de un Programa de Capacitación de
Formación Técnico Profesional que tiene como objetivo abastecer las diferentes
necesidades de calificaciones del Distrito Tecnológico;
Que establece la Ley que el Ministerio de Educación y el ex Ministerio de Desarrollo
Económico -actual Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología- serán
quienes administren y ejecuten, de forma conjunta, el referido Programa;
Que mediante Decreto Nº 129/GCBA/13 se creó el `Programa de Capacitación de
Formación Técnico Profesional en el Distrito Tecnológico' en el marco de lo
establecido por el art. 28 de la Ley;
Que dicho Decreto establece que ambos Ministerios dictarán, en el ámbito de sus
competencias, las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que sean
necesarias para la idónea implementación del Programa;
Que, mediante Resolución de Firma Conjunta RESFC-2014-1-MDEGC (BOCBA N°
4.485 de fecha 22/09/2014), el ex Ministerio de Desarrollo Económico -actual
Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología- y el Ministerio de Educación
establecieron el procedimiento para una eficiente implementación del Programa;
Que el art. 1° -ANEXO I- de la Resolución RESFC-2014-1-MDEGC establece que
"...las instituciones educativas (...) inscriptas en el Distrito Tecnológico, que deseen
participar del Programa de Capacitación de Formación Técnico Profesional en el
Distrito Tecnológico (el Programa) deberán suscribir el Acta Compromiso con la
Dirección General de Gestión de Inversiones";
Que, asimismo, el art. 2° -ANEXO I- de la Resolución dispone que "...la Dirección
General de Gestión de Inversiones realizará, de conformidad con la partida
presupuestaria que se asignare para cada ejercicio, el llamado para la presentación de
candidatos al Programa";
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5340 - 22/03/2018

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