Disposición Nº 536/GCABA/HGAPP/17

FirmantesGreco
EmisorHOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO

VISTO:

El EX-2017-07531043-MGEYA-HGAPP y el Parte de Recepción Definitiva N° 179534-

HGAPP-2017, y

CONSIDERANDO:

Que, por el EX-2017-07531043-MGEYA-HGAPP se autorizó la adquisición de material

descartable con destino al Servicio de Farmacia emitiéndose en consecuencia la

Orden de Provisión N° 426-3922-OC17 a favor de la firma MACOR INSUMOS HOSP.

S.R.L. habiéndose fijado su vencimiento el día 24-07-2017;

Que, la firma antes mencionada procedió a la entrega de los renglones N° 3 y 4 con

fecha 28-07-2017 según Parte de Recepción Definitiva N° 179534-HGAPP-2017; es

decir, vencido el plazo establecido de tres (3) meses calendario;

Que, a la fecha el Director del Hospital se encuentra usufructuando licencia médica.

Que, debe procederse según las facultades que surgen del Art. 2° de la Ley de

Procedimiento Administrativo aprobado por Decreto N° 1510/97.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos N° 9° de la Ley N°

2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA N° 2557);

LA SUBDIRECTORA MEDICA DEL

HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS PARMENIO PIÑERO

DISPONE:

Art. 1° Impónese a la firma MACOR INSUMOS HOSP

S.R.L. CUIT 33-66036317-9.

adjudicataria de la Orden de Provisión N° 426-3922-OC17 domiciliada en Tronador

893 Piso N° 1 de esta Capital de acuerdo con lo previsto en el Art. 121°, 123° y 127°

inc. a) y c) de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires, las penalidades que a continuación se detallan:

Una multa de PESOS TREINTA Y UNO CON 72/00 ($ 31,72) por mora en el

cumplimiento de la entrega sobre el vencimiento original.

Art. 2° Pase a la Subgerencia Operativa Administración General la que notificará

fehacientemente a la firma respectiva de los términos de la presente (Conf. Capítulo VI

Art. 60

/65 del DNU N° 1510/97 - BOCBA N° 310), y a la Sección Compras y.

Contrataciones el cual deberá cumplimentar el procedimiento previsto en el Art. 135°

de la Ley N° 2095/06 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires. Asimismo debiendo procederse a la caratulación del respectivo Antecedente de

Cancelación de...

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