Disposición N° 519/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición15 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 519/DGIUR/21
Buenos Aires, 9 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 01.478.534-20, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la calle Amenábar
Nº 257 (Sección 035- Manzana 080- Parcela 017d.);
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-09769055-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en la Unidad de
Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.), según lo estipulado en el Art. 6.2.3. del
Código Urbanístico;
Que trata de la manzana delimitada por las calles Amenábar, Tte. Benjamín Matienzo,
Ciudad de la Paz, Santos Dumont y Vías del Ferrocarril General Bartolomé Mitre.
Dicha manzana posee un frente de 64.90 m sobre la calle Amenábar, un frente de
88.17 m sobre la calle Tte. Benjamín Matienzo, un frente de 111.75 m sobre la calle
Ciudad de la Paz, un frente de 80.17 m sobre la calle Santos Dumont y un frente de
46.98 m lindero a las Vías del Ferrocarril Roca; todos ellos medidos desde las
intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una
superficie total de 9753.44 m2, de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida
por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por la Disposición N° 0004-DGROC-2009, se fijó oportunamente una Línea de
Frente Interno (L.F.I.) para la manzana en estudio afectada al distrito R2bI del Código
de Planeamiento Urbano;
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, al encontrarse la manzana afectada la Unidad de Sustentabilidad de
Altura Alta (USAA), y considerando los parámetros de edificabilidad establecidos para
dichas unidades en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico, la
mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder al
trazado -conforme al grafico que adjunta- quedando afectada la parcela en cuestión a
una Línea de Frente Interno (L.F.I.) a 19.00 m medida paralelamente desde la Línea
Oficial (L.O.) de la calle Amenábar;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6100 - 15/04/2021

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