Disposición N° 506/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 506/DGIUR/19
Buenos Aires, 24 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Nº 3.678.334/2019 por el que se consulta respecto a la
factibilidad urbanística para la Obra Nueva, a materializarse en el predio de la calle
Echeverría Nº 1380/84/86/92 esquina Migueletes Nº 1987/89/91/93/95, de acuerdo a
PLANO-2019-3677606-SSREGIC s/ Nº de Orden 7, y
CONSIDERANDO:
Que el predio en cuestión se localiza, de acuerdo a la nueva normativa, en la
Urbanización Determinada U23 - Barrio Nuevo Belgrano, Zona 1 (Artículo 5.7.22) del
Código Urbanístico (Ley N° 6099, B.O. N° 5526 - 27/12/2018);
Que la Gerencia Operativa de Morfología Urbana de esta Dirección General, mediante
Informe Nº 10300437-DGIUR-2019, indica que respecto de la normativa vigente se
informa que resultaría de aplicación el Artículo 5.7.22 - U23 - Barrio Nuevo Belgrano y
el Artículo 5.1. Deslinde;
Que analizado el caso en cuestión, de acuerdo a la documentación adjunta, se informa
que:
Los interesados proponen un volumen "entre medianeras" asimilando su altura a las
medianeras existente sobrepasando ampliamente la altura máxima establecida para la
Unidad Determinada U28 - Zona 1, por lo que se aclara que la presente Unidad
Determinada no contempla "Completamiento de tejido".
Respecto al uso "local comercial" solicitado por los interesados basándose en el
Artículo 5.1 Deslinde, no sería de aplicación toda vez que el mismo se admite entre
zonas o subzonas dentro de las Áreas de Urbanización Determinada, por lo que no
sería de menester para el presente caso ya que a la manzana frentista le corresponde
la unidad de edificabilidad USAA;
Que en tal sentido, la Gerencia Operativa de Morfología Urbana informa que la
propuesta adjunta No encuadra dentro de la normativa vigente, por lo que se deniega
la presente solicitud.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Deniégase, desde el punto de vista urbanístico, en un todo de acuerdo a
lo indicado en los considerandos que anteceden y toda vez que la propuesta adjunta
no encuadra dentro de la normativa vigente, el proyecto de Obra Nueva propuesto
para en el predio sito en la calle Echeverría Nº 1380/84/86/92 esquina Migueletes Nº
1987/89/91/93/95, de acuerdo a PLANO-2019-3677606-SSREGIC s/Nº de Orden 7.
Artículo 2º.- Regístrese, notifíquese; entréguese la presente al interesado; publíquese
en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese.
Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5613 - 09/05/2019

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