Disposición N° 505/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 9 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 505/DGIUR/19
Buenos Aires, 24 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Nº 7.455.786/2019 por el que se consulta sobre la factibilidad
de localizar los usos: "Comercio Minorista: de productos alimenticios en general,
productos alimenticios envasados, bebidas en general envasadas; carnes, lechones,
achuras, embutidos, verduras, frutas, carbón, aves muertas y peladas, chivitos;
semillas, plantas; herramientas para jardinería; tabaquería, cigarrería; kiosco de
cigarrillos y golosinas", para el inmueble sito en la calle Perú Nº 631, U.F Nº 1, Planta
Baja, con una superficie de 472,76m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble se encuentra emplazado en la Zona 4 d del Área de Protección
Histórica Específica APH 1 "San Telmo" del Código Urbanístico Ley 6099;
Que la Gerencia Operativa Usos del Suelo de esta Dirección General, a través del
Informe Nº 12731464-DGIUR-2019, indica que según lo establecido en el Parágrafo
3.7.1 APH1 - del Código Urbanístico:
a. Para los Usos según zonas: El Área se subdivide en áreas según el carácter
predominante de cada una de ellas y los usos permitidos en las mismas son los que se
detallan en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3.
b. El inmueble en cuestión se encuentra en la Zona 4d, cual le corresponde 2 (Media
Mixtura de Usos A);
Que según lo consignado en el Cuadro de Usos del Suelo Nº 3.3 del Código
Urbanístico para el Área de Mixtura de Usos del Suelo, mixtura 4, se informa que:
El uso solicitado: "de productos alimenticios envasados; de bebidas en general
envasadas", se encuentra contemplado en el rubro expresamente consignado: "1.4.4.
Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado,
supermercado y autoservicio)" se indica 500 (Superficie máxima 500m²).
Los usos solicitados: "semillas, plantas; herramientas para jardinería", se encuentran
contemplados al rubro expresamente consignado: "1.8.8. Local de venta de semillas,
plantas, artículos y herramientas para jardinería" se indica 500 (Superficie máxima
500m²).
Los usos solicitados: "carnes, lechones, achuras, embutidos, verduras, frutas, carbón,
aves muertas y peladas, chivitos" se encuentran contemplados en la descripción
expresamente consignada "1.4.Comercio minorista de productos de abasto y
alimenticios" se indica 200 (Superficie máxima 200m²) y en observaciones: Venta de
carne y sus subproducto, pescados, mariscos, animales y productos de granja, fruta y
verdura.
Los usos solicitados: "kiosco de cigarrillos y golosinas" se encuentran contemplados al
rubro expresamente consignado "1.4.2.Local de venta de golosinas envasadas
(kiosco)" se indica SI (Permitido en el Área de Mixtura de Usos).
Los usos solicitados: "tabaquería, cigarrería" se encuentran contemplados al rubro
expresamente consignado "1.8.12.Tabaquería, cigarrería" se indica 200 (Superficie
máxima 200m²);
Que desde el punto de vista del patrimonio urbano, la Gerencia Operativa Usos del
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5613 - 09/05/2019

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