Disposición N° 50/DGEGP/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición21 de Julio de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 50/DGEGP/21
Buenos Aires, 3 de marzo de 2021
VISTO: La Ley N° 621, el Decreto Nº 1089-GCABA/02, el Expediente Electrónico N°
22101656-GCABA-DGEGP/2020, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente del visto la Directora de la Institución Educativa
Asistencial “Jardín La Isla de mis Sueños” solicita la cancelación del Registro Definitivo
R-224 por decisión de la entidad propietaria;
Que la Ley Nº 621 CABA, y su Decreto reglamentario Nº 1089/GCABA/02, regula el
funcionamiento de instituciones privadas de carácter educativo asistencial no
incorporadas a la enseñanza oficial destinadas a la atención integral de la población
infantil desde los 45 días hasta los 4 años inclusive, bajo las denominaciones de
Jardín Maternal, Jardín de Infantes y Escuela Infantil;
Que en ese marco, están dadas las condiciones para cancelar el Registro Definitivo R-
224 a la Institución Educativa Asistencial “JARDIN LA ISLA DE MIS SUEÑOS”, cuya
entidad propietaria es Jardín La Isla del Sol SRL, con domicilio en la calle Av. Monroe
4442 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT: 30-71021386-7;
Que los diferentes sectores han dado la conformidad respectiva.
Por ello, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 463/19,
LA DIRECTORA GENERAL
DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA
DISPONE:
Artículo 1°.- Cancélase el Registro Definitivo Nº 224 a la Institución Educativa
Asistencial “JARDIN LA ISLA DE MIS SUEÑOS”, cuya entidad propietaria es JARDIN
LA ISLA DEL SOL SRL, con domicilio en la calle Av. Monroe 4442, CABA, CUIT: 30-
71021386-7.
Artículo 2°.- Establécese que el Registro de Instituciones Educativas Asistenciales,
tendrá a su cargo notificar fehacientemente a la entidad propietaria de lo dispuesto en
el artículo 1° de la presente y la colocación de los datos de la mencionada institución
en el Registro de Consulta Pública.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín oficial del Gobierno de la Ciudad, comuníquese,
agréguese copia en el legajo de la institución, vuelva al sector de Registro de
Instituciones Educativas Asistenciales a efectos de posteriores trámites. Ortiz
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6423 - 21/07/2022

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