Disposición Nº 5/GCABA/UAIGOB/17
Firmantes | Ibendahl |
Emisor | UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA |
VISTO:
La Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503, los Decretos N° 187/17, N° 121/16,
N° 293/16, N ° 477/16, N° 263/16, y N° 363/15, y las Resoluciones N° 789-MHGC/16 y
N° 204-SGCBA/16, y el Expediente N° 16292390-MGEYA-UAIGOB/17, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.460, y su modificatoria, establece los Ministerios del Poder Ejecutivo
del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los que se encuentra el
Ministerio de Gobierno;
Que por Decreto N° 363/15 se aprueba la estructura orgánico funcional dependiente
del Poder Ejecutivo y las responsabilidades primarias y objetivos de las Unidades de
Organización integrantes del organigrama aprobado;
Que por el Decreto N° 293/16 se modifica la organización del Ministerio de Gobierno y
se aprueba la estructura correspondiente al Régimen Gerencial del mismo, en sus dos
niveles, Gerencia y Subgerencia Operativa, contemplándose la Unidad de Auditoría
Interna y sus dos Subgerencias Operativas, Soporte de Auditoría I y Soporte de
Auditoría II;
Que por Decreto N° 477/16 se modifica la estructura organizativa del Ministerio de
Gobierno del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando modificado
parcialmente el Decreto N° 363/15;
Que por Decreto N° 263/16 se designa a la Lic. Sandra Karina Ibendahl, DNI N°
21.954.408, CUIL N° 27-21954408-7, como Auditora Interna a cargo de la Unidad de
Auditoría Interna del Ministerio de Gobierno;
Que por Resolución N° 789-MHGC/16 se designa, en carácter transitorio, a la Dra.
Ana Celia Grigera, DNI N° 16.881.063, CUIL 27-16881063-1, como Subgerente
Operativa de Soporte de Auditoria ll, perteneciente a la Unidad de Auditoría Interna del
Ministerio de Gobierno;
Que la Resolución N° 204-SGCBA/16 establece en el punto 6 del apartado C del Título
II del Anexo I, que en caso de ausencia o impedimento, y a efectos de garantizar el
normal funcionamiento del procedimiento de Rúbrica de Libros, el titular de la Unidad
de Auditoría interna podrá, mediante acto administrativo fundado, delegar la
suscripción de la rúbrica de Libros a un inferior jerárquico que cumpla funciones en la
Unidad de Auditoría Interna, conforme los principios establecidos en el artículo 2° del
por Ley N° 5.454);
Que la Titular de la Unidad de Auditoría Interna hará uso de la licencia anual ordinaria
...Para continuar leyendo
Solicita tu prueba