Disposición N° 496/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 9 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 496/DGIUR/21
Buenos Aires, 5 de abril de 2021
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97, los Expedientes EX-2020-
22784917-GCABA- SSREGIC y EX-2020-29609306 -GCABA-SSREGIC y la
Disposición Nº 1959/DGIUR/20, y
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº 1959/DGIUR/2020, se autorizó la localización de los usos
“1.4.2. Local de venta de golosinas envasadas (kiosco)”, “1.8.12. Tabaquería,
cigarrería”; y “1.4.4 Local de venta de productos alimenticios y/o bebidas (excluido
feria, mercado, supermercado y autoservicio)”, para el inmueble sito en la Av. Soldado
de la Independencia Nº 5314, 1° piso, UF Nº 6, (Sección 082, Manzana 073k, Parcela
009), con una superficie a habilitar de 34,55m²;
Que por el Expediente N° 29609306-2020-GCABA-SSREGIC se solicita se rectifique
la citada Disposición N° 1959/DGIUR/20, toda vez que en su parte dispositiva donde
se consignó “...Av. Soldado de la Independencia Nº 5314, 1° piso, UF Nº 6, (Sección
082, Manzana 073k, Parcela 009)...” debió decir “...Av. Soldado de la Frontera 5314, 1°
PISO, UF Nº 5 (Sección 082, Manzana 073k, Parcela: 009)...”;
Que en este sentido, el artículo 124 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97
establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la
sustancia del acto o decisión”;
Que en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo que rectifique la
Disposición N° 1959/DGIUR/20.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1°. - Rectifíquese el Artículo 1° de la Disposición N° 1959/DGIUR/20, el que
quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Autorizase, desde el punto de
vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos “1.4.2. Local de venta de
golosinas envasadas (kiosco)”, “1.8.12.Tabaquería, cigarrería”; y “1.4.4 Local de venta
de productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio)”, para el inmueble sito en la Av. Soldado de la Frontera 5314, 1° Piso, UF
Nº 5 (Sección 082, Manzana 073k, Parcela: 009), con una superficie a habilitar de
34,55m² (treinta y cuatro metros cuadrados con cincuenta y cinco centímetros
cuadrados), debiendo asimismo cumplir con la normativa vigente que resulte de
aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente”.
Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Notifíquese al interesado. Cumplido, archívese Tuya
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6094 - 09/04/2021

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