Disposición N° 493/DGCDPU/21

EmisorMinisterio de Espacio Público e Higiene Urbana
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 493/DGCDPU/21
Buenos Aires, 27 de mayo de 2021
VISTO: La Ley Nacional N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 297-
PEN/20, 325- PEN/20, 355- PEN/20, 408-PEN/20, 459-PEN/20, 493-PEN/20, 520-
PEN/20, 576-PEN/20, 605-PEN/20, 641-PEN/20, 677-PEN/20, 714-PEN/20, 754-
PEN/20, 792-PEN/20, 814-PEN/20, 875-PEN/20, 235- PEN/21, 281-PEN/21, 334-
PEN/21, las Leyes Nros. 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y 6.292, el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA /20 y modificatorios, los Decretos Nros.
463- GCABA/19, 42-GCABA/20, 198-GCABA/20, 265-GCABA/20, las Resoluciones
Nros. 276-GCBA- MEPHUGC/20, 302-GCBA- MEPHUGC/20, 329-GCBA-
MEPHUGC/20, 377-GCBA-MEPHUGC/20, 410-GCBA-MEPHUGC/20, 429-GCBA-
MEPHUGC/20, 450-GCBA-MEPHUGC/20, 513-GCBA- MEPHUGC/20, 552-GCBA-
MEPHUGC/20, 7-SSPURB/20, 10-SSPURB/20 y 11-SSPURB/20, las Disposiciones
Nros. 1007- GCBA- DGFYME/16 y 346-GCABA-DGFER/19, 413-DGCDPU/21 y el
expediente electrónico EX-2021-15945544 -GCABA-DGCDPU/21, y
CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N° 6.292 se sancionó la Ley de Ministerios estableciendo para el
Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana, entre otros, las responsabilidades de
entender en lo relativo al ordenamiento del Espacio Público, planificando estrategias y
diseñando e implementando políticas en relación con el mismo, así como entender en
lo relativo al uso del espacio público;
Que, el Decreto N°463-GCABA/19 aprobó la estructura orgánica del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires incluyendo dentro de la Órbita del Ministerio de
Espacio Público e Higiene Urbana a la Dirección General Conservación del Paisaje
Urbano;
Que el mentado Decreto incluye dentro de las responsabilidades primarias de dicha
Dirección General la de “diseñar políticas de regulación, registro, fomento y
coordinación de la actividad de ferias y mercados y comercios callejeros”;
Que, conforme el Decreto ut supra mencionado, las competencias que oportunamente
se encontraban atribuidas a la ex Dirección General Ferias, pasaron a la actual
Dirección General Conservación del Paisaje Urbano y, en consecuencia, resulta ser
autoridad de aplicación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que, mediante Decreto N° 198-GCABA/20 y 49-GCABA/21 se modificó la estructura
organizativa del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana;
Que, por la Ley N° 5.122 (texto consolidado por Ley N° 6.017) se autoriza la
instalación de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial (FIAB) y su Decreto
reglamentario N° 491/16 estableció que la ex Dirección General Ferias, y su actual
continuadora institucional, Dirección General Conservación del Paisaje Urbano, es la
autoridad de aplicación de la citada Ley, facultando a su titular a dictar las normas
complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para su aplicación;
Que, la Disposición N° 1007-GCBA-DGFYME/16 aprueba la regulación de la actividad
de las Ferias Itinerantes de Abastecimiento Barrial;
Que a través de la Disposición N° 346-GCABA-DGFER/19 ha creado la Feria
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6138 - 01/06/2021

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