Disposición Nº 483

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorDirección Provincial de Contrataciones y Gestión de Bienes
Fecha de la disposición 9 de Enero de 2017

DISPOSICIÓN Nº 483

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional

29 de Diciembre de 2016

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de tres (03) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16 y 2479/09;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE

CONTRATACIONES A/C

DISPONE:

ARTÍCULO 1

Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: HIDROBIOT S.R.L. CUIT N° 30-70866852-0 y “ORTOPEDIA TESSIO” DE TESSIO FEDERICO SILVESTRE CUIT N° 20-36174003-4.

ARTÍCULO 2

Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: CVT S.A. CUIT N° 30-70999671-8.

ARTÍCULO 3

Renuévese la inscripción en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: ESCOBAR SANTA FE S.A.C.I.F.I. CUIT N° 30-51884963-4; GODOY JUAN ESTEBAN CUIT N° 20-26615681-3; “SERVICIOS DEL LITORAL” DE LANTERI NESTOR GABRIEL CUIT N° 20-17964154-3 y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR