Disposición Nº 480/GCABA/HBU/16

FirmantesSosa
EmisorHOSPITAL DE GASTROENTEROLOGÍA DR. BONORINO UDAONDO

VISTO:

El Expediente N° 2016-20221207- -MGEYA-HBU, y

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado expediente se autorizó a realizar el Proceso a Contratación

Directa N° 439-0902- CDI16 Adquisición Insumos para la Unidad Farmacia,

adjudicándose el Renglón N° 1 para la entrega de las 1050 unidades faltantes de

Ketoprofeno por Orden de Compra N° 439-9451-OC16 a favor de la firma: ALPHA

MEDICAL GROUP S.R.L., CUIT N° 30-71187832-3, cuyo vencimiento opero el día

31/10/2016;

Que la firma mencionada procedió a la entrega del renglón N° 1 mediante Remitos N°

0001-00004894 de fecha 11-11-2016, 0001-00004907 de fecha 14-11-2016 y 0001-

00004912 de fecha 15-11-2016, completando dicha entrega del renglón faltante, una

vez vencido el plazo estipulado en (10) diez días corridos a tal efecto;

Que por lo mencionado precedentemente corresponde aplicar una Multa y

Rehabilitación de dicho contrato;

Que a la firma ALPHA MEDICAL GROUP S.R.L. se le notificará fehacientemente del

acto administrativo mediante cedula de notificación cuya recepción se adjuntará al

expediente;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9 de la Ley 2095 de

Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por

el Decreto N° 1772-GCBA-2006 (BOCBA N° 2557); texto consolidado Ley 5454 y su

Decreto Reglamentario N° 95-AJG - 2014,

EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA

"DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"

DISPONE

Articulo 1° Impónese una Multa y Rehabilitación a dicho contrato a la firma: ALPHA

MEDICAL GROUP S.R.L. CUIT N° 30-71187832-3 adjudicataria de la Orden de

Compra N° 439-9451-OC16 domiciliada en: Cosquin 1860 Código Postal 1440 de esta

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre lo no cumplido en término de dicho contrato

de acuerdo con lo previsto en los Art. 122, 123, 124,125, 128,129, y 135 de la Ley

N°2095; de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, texto

consolidado por Ley N° 5454 y su Decreto reglamentario N° 95-2014: la penalidad que

a continuación se detalla correspondiéndole una multa y Rehabilitación en la entrega

del renglón N° 1 de dicho contrato en termino de acuerdo al 2° párrafo del

considerando por un monto de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR