Disposición N° 48/HMOMC/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición13 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 48/HMOMC/21
Buenos Aires, 7 de abril de 2021
VISTO: La Ley N° 2095, 1218 y 2809 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), el
Decreto N° 168-GCABA/19 y su modificatorio N°207/2019 normas complementarias y
las contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y DI-2019-1073-
GCABA-DGCYC, el Expediente Electrónico N° 10360193/GCABA/HMOMC/2021, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la ley mencionada en el Visto se establecen las normas básicas que
contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y contrataciones de
bienes y servicios, y regular las obligaciones y derechos que se derivan de los
mismos;
Que por Resolución N° 2481/MEFGC/18 se aprobaron las Políticas, Términos y
Condiciones de Uso del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones,
denominado Buenos Aires Compras (BAC);
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones por Disposición N°DI-2019-
150-GCABA-DGCYC aprobó el Procedimiento para la Administración de Perfiles y de
Usuarios BAC y la matriz de asignación de Perfiles de Usuarios en el Ambiente
Comprador;
Que por Disposición N° DI-2019-1073-GCABA-DGCyC la Dirección General de
Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades
otorgadas por el artículo 18, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°
6.017) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por la citada actuación tramita la adquisición de Drogas I, con destino al Servicio
de Farmacia, por un monto estimado de Pesos: UN MILLON CIENTOSESENTA Y
SIETE MIL CON 00/100 ($ 1.167.000,00);
Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos
necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al presente
Ejercicio;
Que siendo los insumos imprescindibles para el normal funcionamiento del Servicio de
Farmacia, y dado que los mismos no se encuentran en las adquisiciones que realiza el
Nivel Central,por lo que corresponde su gestión bajo la modalidad prevista en el
artículo 31 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley N°6.347) y su Decreto
Reglamentario N°168-GCABA/19 y su modificatorio N °207/2019;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 2095 (Texto
Consolidadopor Ley6.347), y su Decreto Reglamentario N°168-GCABA/19 y su
modificatorio N°207/2019;
EL DIRECTOR
DEL HOSPITAL DE ONCOLOGIA “MARIA CURIE”
EN SU CARÁCTER DE UNIDAD OPERATIVA DE ADQUISICIONES
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6098 - 13/04/2021

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