Disposición N° 475/DGSPR/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 475/DGSPR/19
Buenos Aires, 22 de noviembre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030), y, N° 6067/2019 (B.O. 5524) y los
Decretos N° 446/06 y N° 394/14 y las Disposiciones N° 200-DGSP/2006, N° 323-
DGSPR/2007, N° 248-DGSPR/2009, N° 243-DGSPR/2011, N° 283-DGSPR/2013, N°
344-DGSPR/2015, N° 405-DGSPR/2017 y la Carpeta N° E532246
CONSIDERANDO:
Que la firma EMPRESA DE SEGURIDAD UNICA S.R.L., con domicilio real y
constituido en Bernardo de Irigoyen N° 308, piso 5°, Dpto. "8", de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad
privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por Disposición N°
200-DGSP/2006;
Que venciendo el plazo de su última habilitación el día 05/12/2019, la interesada
solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo
439, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), b),c) y d);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Sergio
Gaspar Dullack, D.N.I N° 25.525.851, y como Responsable Técnico al señor Mauro
Leandro Cundari, D.N.I. N° 32.384.353;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I
Artículo 177, Punto 18, de la Ley 6067, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día
06/12/2019;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.-Renuévese a partir del día 06/12/2019 y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la firma EMPRESA DE SEGURIDAD UNICA S.R.L para
prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº
5688 en su Artículo 439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego
- Incisos a) Los de vigilancia privada en lugares fijos con acceso al público, b) Los de
custodia y portería de locales de baile, confiterías y de espectáculos en vivo, como
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5751 - 28/11/2019

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