Disposición N° 47/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición18 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 47/DGIUR/22
Buenos Aires, 7 de enero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 32.296.372/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 054; Manzana 021;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2022-01545169-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea Interna de Basamento
conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B. 1) Art. 6.2.6 del
Código Urbanístico (Ley N° 6099) y su Modificación (Ley No 6361), por lo que
corresponde el trazado Línea Interna de Basamento (L.I.B.).;
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Mozart, Tapalqué, Damaso
Larrañaga y Bragado. Dicha manzana posee un frente de 115.82 m sobre la calle
Mozart, un frente de 56.47 m sobre la calle Tapalqué, un frente de 118.63 m sobre la
calle Damaso Larrañaga y un frente de 56.54 m sobre la calle Bragado; todos ellos
medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo,
computa una superficie total de 6617.62 m2, de acuerdo a Consulta de registro
catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI).;
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.B.2) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código Urbanístico,
la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a
trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de Basamento (L.I.B.) -
conforme al grafico que adjunta- siendo que la parcela en consulta, 009, ubicada en la
calle Mozart No 531, queda afectada a una Línea Interna de Basamento (L.I.B.),
ubicada a 22.00 m medidos paralelamente desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle
Mozart.
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea Interna de
Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6299 - 18/01/2022

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