Disposición N° 469/DGCYC/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 469/DGCYC/19
Buenos Aires, 15 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), su Decreto
Reglamentario N° 326/17 , el Expediente Electrónico N° 2018-31840920-DGAYCS, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 04336360-MGEYA-DGCYC-2017 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0213-LPU17, para la
adquisición de Cartuchos, Toner y afines con destino a las áreas dependientes del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra CPT INTEGRAL S.A.;
Que el Convenio Marco rige a partir del 06 de Noviembre de 2017 con una vigencia de
doce (12) meses, Convenio Marco N° 623-66-CM17 (CONVE-2017-29748756-
DGCYC), siendo prorrogado por Resolución N° 2018-2188-MEFGC por otros 6 (seis)
meses a partir del 06/11/18 (PV-2018-32545348-DGCYC), dando lugar al Convenio
Marco N° 623-76-CM18;
Que la Dirección General Seguridad Privada del Ministerio de Justicia y Seguridad
emitió la Orden de Compra N° 728-12608-OC18 a favor de CPT INTEGRAL S.A. (IF-
2018-31845137-DGAYCS);
Que la Dirección General Adquisiciones y Contrataciones de Seguridad del Ministerio
de Justicia y Seguridad solicita mediante Providencia N° PV-2018-32898766-
DGAYCS, la intervención de este Organismo ya que el proveedor les informó que no
haría la entrega de lo adquirido por la Orden de Compra. Ello le fue informado vía e-
mail y luego se intimó a la empresa mediante cédula (IF-2018-31845757-DGAYCS) la
que fue respondida informando que se habían hecho presentaciones ante la Dirección
General de Compras y Contrataciones;
Que dicho Organismo originó el Expediente Electrónico N° 2018-31840920-DGAYCS,
por el que tramita la rescisión y respectiva penalidad de la Orden de Compra N° 728-
12608-OC18 emitida a favor de CPT INTEGRAL S.A.;
Que la firma CPT INTEGRAL S.A. realizó ante la Dirección General diferentes
presentaciones (RE-2018-27542819-DGCYC, RE-2018-32840543-DGCYC y RE-2018-
32854029-DGCYC), las que dieron lugar al Expediente Electrónico N° EX-27540866-
/DGCYC/2018 por el cual se solicitó a la Procuración General su intervención como
Órgano Legal para que efectúe el pertinente análisis jurídico de lo solicitado por la
empresa;
Que la Procuración General se pronuncia (IF-2019-09483868-GCABA-PGAAFRE)
sosteniendo que "es mi parecer que no corresponde acceder a la solicitud de
modificación de los índices de actualización de precios solicitada por CPT Integral SA
en el marco de la Licitación Pública N° 623-0213-LPU17". Dicho Dictamen fue
notificado a la adjudicataria en fecha 04/04/19 mediante cédula N° 478-03-19 (PV-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5624 - 24/05/2019

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