Disposición Nº 46/GCABA/DGGAYE/14

FirmantesRoldán
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Guardia de Auxilio y Emergencias
Fecha de la disposición28 de Octubre de 2014

VISTO:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires Artículos 103, 104 y ccs, las Leyes 2624

y 4013, el Código de Edificación 6.3.1 y ss, los Decretos N° 1510/97, 2075/07, 55/10,

660/11 y 396/1 y EE N° EX-2014- 15311916-MGEYA-DGGAYE;

CONSIDERANDO:

Que el día 15 de octubre del corriente año el Arquitecto Marcelo Bovalina, profesional

de la Gerencia Operativa Técnica de la Dirección General Guardia de Auxilio y

Emergencias del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, concurrió por pedido N°

2014/00045574 ingresado por línea 103 a la propiedad ubicada en la calle Carlos F.

Melo 384, C.A.B.A., a efectos de realizar una inspección edilicia sobre dicha finca;

Que se trata de una propiedad entre medianeras de planta baja y dos pisos altos, cuyo

uso es vivienda multifamiliar. El bloque de unidades posterior posee estructura de

madera con cerramientos de madera y chapa acanalada;

Que al momento de la inspección se constató que "en la unidad del 2° piso del

contrafrente se había producido el quiebre (con la consiguiente pérdida de capacidad

portante) de una viga y el entablonado de madera de sostén de losa sobre el primer

(1°) piso del local usado como lavadero";

Que no encontrándose dadas las mínimas condiciones de seguridad estructural, se

procedió a la clausura inmediata y preventiva de la totalidad del local lavadero de la

unidad funcional del segundo piso contrafrente, y del sector de ingreso inmediato

inferior de la unidad del primer piso contrafrente, la que fue notificada mediante Acta

de Notificación N° 1128/DGGAYE/2014;

Que las obras pertinentes a los fines de la regularización del inmueble deberán ser

realizadas bajo la supervisión de un profesional matriculado, que tome a su cargo las

tareas de restablecer las condiciones de seguridad de la edificación y toda su

estructura, y hacia los habitantes de la propiedad y/o personas que circulan por el

lugar;

Que la medida ha sido efectuada de conformidad con lo previsto por los Decretos N°

1510/97 en su Artículo 12° y 2075/07 y su modificatoria Decreto N° 660/11 y 396/12, y

los Artículos 6.3 y 6.4 del Código de Edificación, habiéndose confeccionado Acta de

Notificación N° 1128/DGGAYE/2014; en consecuencia deviene necesario dictar el acto

administrativo correspondiente;

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL

DE LA DIRECCIÓN GENERAL GUARDIA DE AUXILIO Y EMERGENCIAS

DISPONE

Artículo 1°

Ratificar la clausura de la totalidad del local lavadero de la...

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