Disposición Nº 45/GCABA/DGRC/17
Firmantes | Cordeiro |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS |
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.413, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
la Ley CABA 5723, el Decreto CABA 293-2016, y;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2 de la Ley Nacional N° 26.413 establece que el Registro del Estado
Civil y Capacidad de las Personas será organizado por los gobiernos provinciales y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de dicha normativa, se infiere que cada gobierno provincial y la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires poseen facultades para organizar el funcionamiento de sus
respectivos registros, con las limitaciones emergentes de la propia ley;
Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 51
establece las pautas rectoras en materia tributaria, al decir que "No hay tributo sin ley
formal; es nula cualquier delegación explícita o implícita que de esta facultad haga la
Legislatura. La ley debe precisar la medida de la obligación tributaria. El sistema
tributario y las cargas públicas se basan en los principios de legalidad, irretroactividad,
igualdad, no confiscatoriedad, equidad, generalidad, solidaridad, capacidad
contributiva y certeza...";
Que el mismo artículo de la carta magna de la Ciudad determina que "...La
responsabilidad sobre la recaudación de tributos, su supervisión o control de cualquier
naturaleza, es indelegable...";
Que conforme la manda constitucional precedentemente reseñada, la Ley CABA N°
5723 (Ley Tarifaria vigente para el año 2017), establece en su artículo 83 el derecho
de timbre, respecto de determinados trámites que se realizan por ante este organismo
registral, al decir: "Los derechos de timbre del Registro de Estado Civil y Capacidad de
las Personas se abonan en la forma siguiente: 1. Por cada servicio de: 1.1. Expedición
de partidas de nacimiento, matrimonio y/o defunción $ 200,00 1.2. Licencia de
inhumación o cremación $ 200,00 1.3. Licencia de Traslado de defunción fuera del
ámbito de la Ciudad de Buenos Aires $ 200,00 1.4. Testigos no obligatorios $ 400,00
1.5. Libreta de Familia: 1.5.1. Original Sin cargo 1.5.2. Duplicado $ 250,00 1.5.3.
Ceremonia de entrega de Libreta de Casamiento en domicilio de Ciudad de Buenos
Aires $ 5.785,00 1.6. Búsqueda en fichero general $ 250,00 1.7. Búsqueda en libros
parroquiales $ 250,00 1.8. Expedición de partidas parroquiales $ 200,00 2. Por cada
autorización para: 2.1.Rectificaciones administrativas por errores no imputables del
Registro Civil $ 200,00 2.2 Rectificaciones administrativas por errores imputables al
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