Disposición N° 45/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición18 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 45/DGIUR/22
Buenos Aires, 7 de enero de 2022
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 38.950.763-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para la Sección 071, Manzana 091;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2022-00735250-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada a Unidades de Sustentabilidad de Altura Alta (U.S.A.A.) Art. 6.2.3. y a
Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B.1.) Art. 6.2.6. del Código
Urbanístico, por lo que corresponde el trazado de Línea de Frente Interno (L.F.I.) y
Línea Interna de Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Gral. José G. de Artigas, Av.
Francisco Beiro, Gutenberg, Bolivia y Navarro. Dicha manzana posee un frente de
85,01 m sobre la calle Gral. José G. de Artigas, un frente de 105,86 m sobre la Av.
Francisco Beiro, un frente de 8,42 m sobre la calle Gutenberg, un frente de 80,21 m
sobre la calle Bolivia y un frente de 113,13 m sobre la calle Navarro; todos ellos
medidos en las intersecciones de las respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo,
computa una superficie total de 9.586,13 m2, de acuerdo a Consulta de registro
catastral obtenida por sistema interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, y los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de
afectación (U.S.A.A. y U.S.A.B.1.) en el Título 6 del cuerpo principal de dicho Código
Urbanístico, la mencionada Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera
factible proceder a trazar la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de
Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-, siendo que la parcela en
consulta, 021, ubicada en la calle Gral. José G. de Artigas Nº 3544, queda afectada a
una Línea Interna de Basamento (L.I.B.), resultando coincidente con la Línea de
Frente Interno (L.F.I.), ubicada a 30,00 m medidos paralelamente desde la Línea
Oficial (L.O.) de la calle Gral. José G. de Artigas;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6299 - 18/01/2022

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