Disposición N° 45/DGIUR/20

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición20 de Enero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 45/DGIUR/20
Buenos Aires, 15 de enero de 2020
VISTO: La Ley Nº 6099, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el EX-2019- 30177932-
GCABA-SSREGIC, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obra Nueva a localizarse en el predio sito en la calle Miller Nº 4458, S:055 M:128
P:030;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 01285194/DGIUR/20 mediante el
cual la Gerencia Operativa de Morfología Urbana estima oportuno el dictado del acto
administrativo que considere factible el proyecto de obra nueva presentado;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra en una zona afectada por Unidades de Sustentabilidad de
Altura Baja 2 (U.S.A.B.2.) articulo 6.2.5. del Código Urbanístico Que la presente
consulta se encuadra en los artículos 6.2.5. (Unidades de Sustentabilidad de Altura
Baja), 6.3. (Perfil Edificable), 6.5.5.2. (Parcelas Flanqueadas por Edificios de Distintas
Alturas) del Código Urbanístico;
Que obra agregado en IF-2019-30177129-GCABASSREGIC: Memoria; en IF-2019-
30177699-GCABA-SSREGIC: Relevamiento fotográfico de la manzana; en IF-2019-
35887047-GCABA-SSREGIC: Relevamiento muros divisorios; en PLANO-2019-
35887066-GCABA-SSREGIC: Plano de propuesta; y Mapa Catastral (pisada de
construcciones existentes), imagen aérea de la manzana y relevamiento del entorno,
extraídos de Sistema USIG, Parcela Digital Inteligente y Google Earth;
Que se trata de la parcela intermedia Nº 030, ubicada en la manzana típica delimitada
por las calles Miller, Ramallo, Valdenegro y Correa. Dicha parcela se encuentra dentro
de los 34 m de las prolongaciones de las Líneas Oficiales (L.O.) concurrentes;
Que dicha parcela posee un frente de 8.65m sobre la calle Miller, con una profundidad
de 29.68m y 29.65m sobre sus laterales derecho e izquierdo respectivamente y una
superficie total de 257.00m2, de acuerdo a datos obtenidos del Sistema Interno
Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que con respecto al área edificable, la parcela en cuestión se encuentra afectada por
la Línea de Frente Interno (L.I.B.) con una línea quebrada a una distancia de 27.80 m,
medidos desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle Miller y a una distancia de 27.73 m,
medidos desde la Línea Oficial (L.O.) de la calle Ramallo. Ambas trazadas
paralelamente desde cada una de las Líneas Oficiales;
Con respecto a sus linderos, se informa que: 1) La parcela 029, lindera izquierda, se
considera consolidada, en virtud de lo dispuesto por el decreto 2019-99-GCABA-AJG,
toda vez que la altura del edificio supera el 75% de la altura máxima establecida de
acuerdo a la Unidad de Edificabilidad U.S.A.B.2. Posee una edificación de tipología
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5783 - 20/01/2020

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