Disposición N° 434/DGIUR/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 434/DGIUR/19
Buenos Aires, 15 de abril de 2019
VISTO: El Expediente Nº 8.813.762/2019 por el que se solicita el Visado de
Publicidad, para el inmueble sito en la calle Carlos Pellegrini Nº 1047 Planta Baja, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el "Área de alta mixtura de usos del
suelo A (4)" y se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar-Singular por
Ley Firme Nº 5499 de fecha 03/12/2015 según el Código Urbanístico (Ley Nº 6099);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
10417296-DGIUR-2019, indica que mediante Plano-2019-08813590-GCBA-SSREGIC
(Orden 8), el recurrente presenta Plano de propuesta Esquema de Publicidad;
Que toda vez que el esquema de publicidad (obrante a Nº 8 de orden) cumplimenta la
normativa en la materia establecida en el inciso d) Publicidad del parágrafo 4.2.2.1 ...d)
Publicidad- Anuncios: .... “Se permitirán anuncios frontales...." y no origina impactos
relevantes en el inmueble Catalogado, ésta Gerencia Operativa Usos del Suelo
considera que no existen inconvenientes en acceder a lo solicitado;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad" obrante a Plano-2019-08813590-GCBA-SSREGIC (Orden 8), para el
inmueble sito en la calle Carlos Pellegrini Nº 1047 Planta Baja, debiendo cumplir con
toda la normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad obrante a Plano-2019-08813590-GCBA-SSREGIC3 al
recurrente. Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires. Cumplido archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5611 - 07/05/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR