Disposición Nº 411/GCABA/DGIUR/13
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 15 de Marzo de 2013 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"
DISPOSICIÓN N.° 411/DGIUR/13
Buenos Aires, 15 de marzo de 2013
VISTO:
El Expediente N° 2.749.648/2012 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso "Comercio minorista: de ropa confeccionada, lencería, blanco,
mantelería, textiles en general y pieles; de artículos de mercería, botonería, bonetería,
fantasías; de artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetes,
discos y grabaciones; de calzados en general, artículos de cuero, talabartería,
marroquinería; de artículos personales y para regalos", en el inmueble sito en la calle
Florida N° 602, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 141,75m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 51 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007. Los usos son los correspondientes al Distrito C1;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°
841-DGIUR-2013, obrante a fs. 20, indica que considera que desde el punto de vista
urbanístico y del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la
localización de los usos permitidos toda vez que los mismos no originan impacto
relevante en el distrito;
Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio minorista: de artículos de
mercería, botonería, bonetería, fantasías; de artículos de librería, papelería, cartonería,
impresos, filatelia, juguetes, discos y grabaciones";
Que los usos "Comercio minorista: de ropa confeccionada, lencería, blanco,
mantelería, textiles en general y pieles; de calzados en general, artículos de cuero,
talabartería, marroquinería; y de artículos personales y para regalos" se encuadran
dentro del rubro "Textiles, pieles, cueros, artículos personales, del hogar y afines.
Regalos", expresamente consignado en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 del Código de
Planeamiento Urbano;
Que a fs. 1 el recurrente hace renuncia expresa a la colocación de publicidad;
Que toda reforma posterior y/o modificación del...
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