Disposición Nº 432/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición19 de Marzo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 432/DGIUR/13

Buenos Aires, 19 de marzo de 2013

VISTO:

El Expediente N° 518.777/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar

el uso: "Comercio Minorista de relojería y joyería; Comercio Minorista de metales y

joyas preciosas; Comercio Minorista Venta de antigüedades u Objetos de arte;

Comercio Minorista de Artículos de Iluminación y del hogar, bazar, platería, cristalería",

para el inmueble sito en la calle Bartolomé Mitre N° 1202, Planta Baja, con una

superficie de 55,87m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado al Distrito APH C2 de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-

2007 y el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección Cautelar;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Dictamen N°

876-DGIUR-2013, obrante a fs. 46 considera que desde el punto de vista urbanístico y

del Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos solicitados toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados

en el Cuadro de Usos 5.2.1 a) del Código de Planeamiento Urbano y resultan

Permitidos en el Distrito de Zonificación C2, y los mismos no originan impacto

relevante en el Inmueble Catalogado;

Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio minorista Antigüedades, Objetos

de arte; Comercio minorista de Bazar, platería, cristalería, artefactos de iluminación y

del hogar; Comercio minorista Joyería y relojería - Compraventa de metales y piedras

preciosas";

Que no se visa publicidad, dado que a fs. 1 presenta nota por la cual desiste de la

misma como así también de la colocación de toldos;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y...

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