Disposición N° 431/DGSPR/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 431/DGSPR/19
Buenos Aires, 30 de octubre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 6067/18 (B.O. N° 5524), los Decretos
N° 446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 70-DGSPR/2013, N° 206-DGSPR/2013,
N° 120-DGSPR/2015 y N° 140-DGSPR/2017, la Carpeta N° E703432, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa IDUS S.A., con domicilio real en la calle Belgrano N° 1120, Local
27/28, San Miguel, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la calle Rondeau N°
3023, Piso 1°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada
oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 70-DGSPR/2013;
Que vencido el plazo de su última habilitación el día 16/05/2019, la interesada solicitó
su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688, en su Artículo 439,
con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a), y, b), y sin autorización
de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y, c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Daniel Luis
Antonio Costa, D.N.I. N° 04.377.514;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo Nº 217.964, el cual posee
vigencia hasta el día 01/11/2022, y que fuera expedido en Legajo Nº 9762040, de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMaC);
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688 para concederle la renovación de su habilitación como prestadora de servicios
de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle
el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 177, Punto 18, de la Ley 6067, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos años contados a partir del día de la
fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa IDUS S.A., para prestar servicios de seguridad
privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su Artículo 439, Punto 1-
Servicios con autorización de uso de armas de fuego - Incisos a) Los de custodias
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5735 - 05/11/2019

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