Disposición Nº 262/GCABA/DGIUR/13

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición21 de Febrero de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

DISPOSICIÓN N.° 262/DGIUR/13

Buenos Aires, 21 de febrero de 2013

VISTO:

El Expediente N° 2.416.442/2011, por el que se consulta sobre el proyecto de obra, a

desarrollarse en el inmueble sito en la calle Sánchez de Bustamante N° 2.351, y;

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra afectado a un Distrito R2aI de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, texto ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772);

Que la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana, analizó el presente caso en el

Dictamen N° 419-DGIUR-2013, indicando que se pone a consideración un esquema

de compensación de volúmenes y un esquema de compensación de tejido a

localizarse en la Parcela 12, Manzana 71, Sección 15, Circunscripción 19, con una

superficie de parcela de 1.604 m2;

Que a su vez informa, que a través de la Resolución N° 562-SSPLAN-2010, se dejó

sin efecto la incorporación con carácter preventivo al catálogo de inmuebles con valor

patrimonial, el edificio que existía en dicha parcela, toda vez que se pudo constatar a

través de una inspección técnica, que el estado de conservación del edificio no era

bueno, con importantes y grandes deterioros estructurales que han colapsado el

sistema constructivo alterando hasta la inestabilidad de sus muros portantes, como así

también, la inexistencia de casi la totalidad de las cubiertas, la fuerte corrosión y la

pérdida de la sección portante de la periferia de las bovedillas, grietas y fisuras,

incendio sufrido en algunos sectores, la humedad por filtraciones y roturas de caños;

Que de acuerdo a la documentación obrante en carpeta de fs. 23 y sus copias a fs. 24

y 25; la mencionada Gerencia Operativa observa en esquema compensatorio de

volúmenes, que se pretende construir un edificio en virtud de lo establecido en el

Artículo 4.2.3

"Línea de Frente Interno" del mencionado Código de Planeamiento.

Urbano; y un completamiento de tejido de acuerdo a las construcciones existentes

ubicadas en la Parcela 13 y la Parcela 11;

Que se trata de los edificios sitos en la calle Sánchez de Bustamante N°...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR