Disposición Nº 48/GCABA/HGAIP/13

FirmantesCuba Vitali
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital General de Agudos Ignacio Pirovano
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

2013, Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia

DISPOSICIÓN N° 48/HGAIP/13

Buenos Aires, 12 de marzo de 2013

VISTO:

el Expediente N°1879932/12, por el cual el Hospital General de Agudos Ignacio

Pirovano, gestiona la adquisición de Reactivos para Laboratorio en el marco de lo

dispuesto por la Ley N° 2095 promulgada por Decreto N° 1772/GCABA/06 (B.O.C.B.A.

N° 2557), su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 (B.O.C.B.A. N° 2960),

Resolución N° 1226/MSGC/07, Resolución N° 1802/MSGC-MHGC/08 (B.O.C.B.A. N°

3060), Art. 6° del Decreto 392/GCBA/10, Decreto 335/11 (B.O.C.B.A. N° 3689),

Resolución 1369/MSGC/2012 (B.O.C.B.A. 4029), y

CONSIDERANDO:

Que se procedió a imputar en el código contable correspondiente los fondos

necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión con el respectivo movimiento

presupuestario (fs. 6/7), con su correspondiente corrección de imputación

presupuestaria fs. 106/107;

Que mediante Disposición N° 599/HGAIP/12 (fs. 8) se dispuso el llamado a Licitación

Pública N° 2074/12 para el día 07/01/2013 a las 09:30 hs. al amparo de lo establecido

en el Art. 31° 1er. párrafo de la Ley 2095 y su Decreto Reglamentario N°

754/GCABA/08;

Que se procedió a invitar a 11 (once) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores,

recibiéndose fehacientemente la respuesta de 6 (seis) proveedores (fs. 22/28);

Que tal como luce en el Acta de Apertura N° 12/2013 (fs. 80) se recibieron (tres)

ofertas de las firmas: Lalanne Raúl Ángel; Genex Diagnostics S.R.L. y Medi Sistem

S.R.L.

Que a fojas 87/88 obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la

reglamentación;

Que a fojas 93 el Acta de Asesoramiento Técnico en base a la cual se procedió a

elaborar el Dictamen de Evaluación de Ofertas N° 36/2013 (fs. 95) por el cual resulta

preadjudicataria las firmas: Medi Sistem S.R.L. (Renglón 1) y Lalanne Raúl Ángel

(Renglón 2, 3, 4, 5 y 6) en los términos del Art. 108 y 109 de la Ley N° 2095 y su

Decreto Reglamentario 754/08;

Por ello, y en un todo de acuerdo con las normas...

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