Disposición Nº 428/PJCABA/TSJ/14

FirmantesTorres
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorTribunal Superior de Justicia
Fecha de la disposición29 de Octubre de 2014

VISTO:

la ley n° 2095, el anexo I del decreto n° 95/2014, y el anexo I de la Acordada n°

15/2010, y el Expediente Interno n° 192/2014; y

CONSIDERANDO:

En el legajo del VISTO se documenta el trámite destinado a la contratación anual del

servicio de área protegida para el edificio sede del Tribunal.

El área contaduría tomó conocimiento a fojas 15/18 para realizar la afectación

preventiva, con cargo a la partida 3.4.9 (Servicios no personales Otros no

especificados precedentemente).

El Director General Adjunto de Administración dictó la Disposición n° 17/2014

autorizando el llamado a la Contratación Menor n° 38-04/2014 y aprobó las cláusulas

particulares a ser aplicadas en el proceso de selección de ofertas, en los términos del

artículo 38

de la ley n° 2095, y dentro de las competencias establecidas por el Anexo I.

de la Acordada 15/2010 (ver fojas 24/29).

La Unidad Operativa de Adquisiciones publicó el llamado en la cartelera, en la página

del Tribunal en Internet y en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, efectuó

las comunicaciones previstas por el artículo 93 del anexo I del decreto n°

95/GCBA/2014, y cursó invitaciones para cotizar a 5 (cinco) firmas del ramo. Dadas las

características del servicio a contratar, se convocó también a empresas no inscriptas

en el RIUPP. Esta documentación se agregó a fojas 30/41.

Como consta en el acta glosada a fojas 43, en la ceremonia de apertura de ofertas --y

con la presencia de representantes de los oferentes presentados-- se dio ingreso a 3

(tres) sobres, correspondientes a CENTROMÉDICA SA AYUDA MÉDICA (fojas

44/220), INTERNATIONAL HEALTH SERVICES ARGENTINA SA (fojas 221/256), y

SOCORRO MÉDICO PRIVADO SA - VITTAL (fojas 257/600).

La UOA confeccionó el legajo con los duplicados de las propuestas, constató la

situación de las firmas participantes ante el Registro Informatizado Único y

Permanente de Proveedores (RIUPP), gestionó los certificados previstos por la ley n°

269, preparó el cuadro comparativo de precios, y solicitó a la jefa del área de personal

un informe de desempeño del actual prestador (VITTAL). Tales acciones se

documentaron a fojas 601/611.

Con esos elementos, se proyectó la orden de provisión (foja 612), se reseñó lo

actuado y se recomendó adjudicar la contratación a SOCORRO MÉDICO PRIVADO

SA - VITTAL, en tanto su oferta económica es la más conveniente, la cotización está

dentro de la estimación presupuestaria, en su carácter de proveedor vigente su

desempeño...

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